DECRETO

Es oficial: se duplica la AUH, la asignación por discapacidad y por embarazo

Así lo estableció el Poder Ejecutivo a través del Decreto 117/2023. Los detalles.

El Gobierno oficializó el aumento de las asignaciones familiares, de acuerdo con un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.

De acuerdo con el Decreto 117/2023, ordenó:

  • Incrementar en 100% el monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, de la Asignación por Hijo con Discapacidad, como así también de la Asignación por Embarazo para Protección Social.

Amplió que el monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, de la Asignación por Hijo con Discapacidad y de la Asignación por Embarazo para Protección Social estará sujeto a las actualizaciones previstas en la Ley N° 27.160.

El Gobierno facultó al Ministerio de Capital Humano y a la ANSES a dictar las normas aclaratorias y complementarias.

Bono a jubilados

Sobre el bono a jubilados, se precisó que "para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61 la ayuda será equivalente a $55.000" y para "aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $105.712,61 la ayuda será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61".

Se aclara que regirá para "las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, que son otorgadas en virtud de la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05".

La medida alcanza a "las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; a las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables".

 
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