Retención indebida de aportes en AFA: las sanciones que podría recibir la entidad madre del fútbol argentino
La AFA podría recibir fuertes sanciones económicas si se comprueba la culpabilidad de sus dirigentes en la causa que investiga la retención de impuestos y aportes.
La Asociación del Futbol Argentino (AFA) podría recibir sanciones económicas por la investigación que se lleva a cabo en contra del presidente de la institución, Claudio "Chiqui" Tapia, el tesorero Pablo Toviggino por una supuesta retención indebida de aportes por un monto de 19.300 millones de pesos.
Esta entidad corre riesgo de ser penalizada tras el proceso judicial que afrontan los máximos dirigentes debido a que la ley establece que las personas jurídicas también puedan ser castigadas por delitos que cometan sus integrantes.
En el marco de la causa de la retención de aportes por parte de la AFA, la organización fue citada a indagatoria, que tuvo su representación en su presidente Claudio "Chiqui" Tapia.
Las sanciones a la AFA podrían ejecutarse después que se produzca una condena firme hacia los implicados después de atravesar un juicio oral, y pueden ser de caracter económico o afectar al funcionamiento de la institución.
Cuáles son las penas que podría recibir la AFA
Una de las penalidades que podría recibir el organismo a cargo de todo el fútbol argentino, y de las más leves, sería la obligación a difundir en canales oficiales la condena que perciban.
Entre las sanciones económicas que la ley prevé para este tipo de casos destaca una multa que podría ascender entre dos a 10 veces el valor de la deuda original o la suspensión o pérdida de beneficios estatales, en caso de que existan.
Uno de los castigos más duros a los que se pueden afrontar sería la "suspensión total o parcial de actividades" durante un tiempo determinado "que en ningún caso podrá exceder los cinco años".
Entre los puntos a tener en cuenta para determinar cuáles pueden ser las sanciones que puede percibir la AFA como institución deben considerarse "la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica, la extensión del daño causado o el monto de dinero involucrado en la comisión del delito".

