Vialidad II: la Justicia denegó la probation a un socio clave de Lázaro Báez e irá a juicio oral
El tribunal denegó el beneficio al contador imputado como partícipe necesario de defraudación, quien pretendía saldar la acusación mediante un resarcimiento de 10 millones de pesos al Estado.
El Tribunal Oral Federal N° 2 desestimó el pedido de probation presentado por la defensa del contador Fernando Javier Butti, ex socio de Lázaro Báez en la firma Austral Construcciones S.A., e imputado en el marco de la causa Vialidad II.
El rechazo del tribunal ocurre luego de que el acusado admitiera su responsabilidad en los hechos investigados, con el propósito de acceder a un acuerdo de juicio abreviado.
Mediante esta presentación judicial, Butti buscaba suspender la continuidad del juicio oral y evitar una sentencia condenatoria en su contra.
El contador está imputado porque habría posibilitado el robo de fondos estatales entre el 8 de mayo de 2003 y el 27 de agosto de 2008. Su supuesta participación fue a través de puestos en las firmas Austral Construcciones S.A., Loscalzo y Del Curto Construcciones S.R.L., y Kank y Costilla S.A.
La Fiscalía determinó que Butti suscribió contratos de obra pública a pesar de que los expedientes presentaban incumplimientos a las normativas de control vigentes y a los pliegos de bases y condiciones particulares.
Por este motivo, se le atribuyó el delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, bajo la calificación de partícipe necesario.
El abogado defensor del imputado solicitó la probation bajo el argumento de que, ante una eventual condena, la escala penal aplicable permitiría que la sanción fuera condicional.
Asimismo, la defensa invocó el principio de igualdad ante la ley citando un precedente de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, instancia que concedió dicho beneficio a la empresaria Myriam Elizabeth Costilla en un tramo paralelo de la investigación.
Los letrados argumentaron que ambos procesados compartían la misma calificación legal y que sus intervenciones se encontraban acotadas respecto del lapso examinado en la causa principal. Además, sostuvieron que la incidencia del contador en la estructura comercial investigada fue limitada y que poseía una corta edad al momento de cometerse los presuntos ilícitos.
El rechazo del fiscal Luciani: "Es irrisorio"
Como pauta de reparación del perjuicio ocasionado, el acusado ofreció el pago de 10.000.000 de pesos a favor del Estado. El ofrecimiento se completaba con la propuesta de realizar tareas comunitarias en la Fundación para Personas con Discapacidad Visual "Juntos", entidad civil que desarrolla sus actividades en la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz.
El fiscal a cargo de la acusación, Diego Luciani, dictaminó el rechazo al requerimiento del imputado por considerar que el monto de dinero ofrecido por la defensa resultaba "irrisorio ya que representa el 0,0015% de los más de 648.000.000.000 de pesos que movió el entramado de corrupción".
Luciani sostuvo que se trata de un caso de criminalidad económica de extrema gravedad institucional que involucró a funcionarios de la administración pública durante un lapso de doce años.
En su dictamen, señaló que la aplicación de la probation obstaculizaría la determinación judicial de las responsabilidades penales. Luciani remarcó que el instituto de la suspensión del juicio no contiene una declaración de culpabilidad ni de responsabilidad criminal, lo que derivaría en la extinción de la acción penal sin un pronunciamiento de certeza.
Asimismo, el fiscal ratificó que la actuación del procesado no revistió un carácter secundario o marginal, al verificar que retuvo el 5% de las acciones de Austral Construcciones S.A. cuando Báez adquirió la porción mayoritaria.
En tanto, el juez de cámara Andrés Basso plasmó la resolución del tribunal convalidando la postura del Ministerio Público Fiscal y denegando la suspensión del trámite judicial.
El magistrado concluyó que la situación procesal de Butti difería de la de Costilla, dado que en este legajo la fiscalía aportó una descripción detallada de los actos jurídicos, roles societarios y contratos inmobiliarios celebrados por el imputado con Báez y los exmandatarios Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.

