NUEVO PLAZO

AFIP anunció un nuevo plazo para la recategorización del monotributo: ¿Hasta cuándo se extiende la fecha límite?

Se trata de un procedimiento obligatorio que los monotributistas deben realizar para cambiar de categoría, de acuerdo a los nuevos montos máximos de facturación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un nuevo plazo para la recategorización del monotributo, cuya fecha límite se extenderá hasta el próximo 2 de agosto.

“La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP", indicaron en la página oficial.

De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), conocida como el “paquete fiscal” que acompañó a la Ley Bases, que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.

 

“La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite”, señaló el organismo recaudador en un comunicado.

Según precisaron, las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.

La AFIP dispuso, por medio de la Resolución General 5523/2024, que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

 

Las nuevas escalas son: categoría A pasa de 2.108.288,01 a 6.450.000 pesos; B, de 3.133.941,63 a 9.450.000 pesos; C, de 4.387.518,23 a 13.250.000 pesos; D, de 5.449.094,55 a 16.450.000 pesos; E, de 6.416.528,72 a 19.350.000 pesos; F, de 8.020.660,90 a 24.250.000 pesos; G, de 9.624.793,05 a 29.000.000; H, de 11.916.410,45 a 44.000.000 pesos; I, de 13.337.213,22 a 49.250.000 pesos; J, de 15.285.088,04 a 56.400.000 pesos, y K, de 16.957.968,71 a 68.000.000 pesos

Esta nota habla de: