ANSES brinda una asistencia económica clave: ¿De qué se trata y cuánto se cobra?
Además de las jubilaciones, pensiones y asignaciones, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) acredita una prestación clave a ciertos titulares. Conocé a quiénes les corresponde y los valores actuales.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cuenta con un importante programa para las personas sin trabajo. El organismo ofrece un acompañamiento económico destinado a quienes fueron despedidos sin causa justa o se quedaron sin empleo por otras razones.
Este servicio, al igual que las jubilaciones y pensiones, recibió una buena noticia en agosto: un aumento del 1,6% en los haberes, que responde a la inflación registrada en junio, tal como lo establece el Decreto de Movilidad.
“Acompañamos a las personas que se encuentran desempleadas mientras buscan un nuevo trabajo”, aclara la entidad en su página web oficial. Más información en anses.gob.ar.
Las novedades sobre la ANSES, están en Crónica HDSe trata de la Prestación por Desempleo, una ayuda que busca “dar un respiro” a los trabajadores que perdieron su empleo. Es un apoyo clave para que puedan transitar el impacto de la desvinculación laboral y, al mismo tiempo, tener un sostén económico mientras buscan un nuevo trabajo.
Está dirigida a los trabajadores que estaban en relación de dependencia y que cumplen con ciertos requisitos, dependiendo de su situación:
- Si eras trabajador permanente: tenés que haber trabajado con aportes al menos 6 meses en los últimos 3 años antes de tu despido.
- Si eras trabajador eventual o de temporada: debés haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años, pero más de 90 días en el último año antes de la finalización de tu contrato.
- Si trabajaste en la construcción: tenés que haber trabajado con aportes un mínimo de 8 meses en los últimos 2 años antes del despido o finalización de la obra.
Para que no rechacen la solicitud, es vital presentar la documentación correcta. Además del Documento Nacional de Identidad (DNI), los papeles a presentar dependen del motivo por el que te quedaste sin trabajo:
- Despido sin causa justa: necesitás el telegrama de despido, una carta documento o una nota de despido certificada por tu empleador.
- Quiebra o concurso del empleador: te pedirán una nota certificando el cese laboral, la sentencia de quiebra, o el telegrama de notificación de cese por quiebra.
- No renovación de contrato: presentá una copia de tu contrato vencido.
- Fallecimiento del empleador: llevá una copia certificada del acta de defunción.
El monto a recibir y la cantidad de cuotas se calculan según los ingresos y los meses que se trabajó con aportes en los últimos 3 años. Si tenés más de 45 años, vas a tener un extra: 6 meses adicionales de cobro.
Para hacerte el pago, la ANSES te va a abrir una Caja de Ahorro de la Seguridad Social. Con ella, podrás retirar el dinero por ventanilla en un banco y te entregarán una tarjeta de débito para que puedas usar el cajero automático.
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