¡Atención, empleadas domésticas! ¿Cuáles son los 3 días de abril que se deben cobrar doble?
El mes de abril llega con tres jornadas en las cuales el personal de casas particulares deberá recibir pago doble si trabaja. ¿De qué días se trata y cómo se calculan?
Las empleadas domésticas recibirán un importante extra en sus ingresos durante abril, ya que se confirmaron tres días clave en los que podrán cobrar el doble si trabajan. ¿Cuáles son?
El personal de casas particulares debe saber que el calendario de abril marca dos feriados nacionales y un día no laborable exclusivo para el sector, lo que garantiza un pago adicional del 100% del salario habitual en caso de que las trabajadoras sean convocadas a prestar servicio.
Los tres días en los que el personal doméstico cobrará el dobleAbril cuenta con tres fechas clave en las que las empleadas domésticas podrán recibir un adicional del 100% en sus sueldos si son convocadas a trabajar:
- Martes 2 de abril – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Es un feriado nacional, por lo que las trabajadoras no están obligadas a prestar servicio.
Si trabajan ese día, su empleador debe abonar el doble de la jornada habitual.
- Miércoles 3 de abril – Día del Personal de Casas Particulares
No es un feriado nacional, sino un día no laborable exclusivo para las empleadas domésticas.
Si trabajan, se les debe pagar el doble del valor de la jornada, al igual que un feriado, según la Resolución 3/2015 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
- Viernes 18 de abril – Viernes Santo
Es otro feriado nacional, por lo que rige la misma regla que el 2 de abril: si la empleada trabaja, cobra el doble.
En caso de que la trabajadora no preste servicio en esos días, su empleador deberá pagarle el día igualmente, sin descuento alguno en su sueldo mensual.
¿Cómo se calcula el pago doble?El monto a percibir dependerá de la categoría y la modalidad de trabajo. Por ejemplo:
- Si una empleada doméstica cobra $10.000 por día, en cualquiera de estos feriados deberá recibir $20.000 si trabaja.
- Si su salario por hora es de $2.500, en estas jornadas deberá percibir $5.000 por cada hora trabajada.
Si la empleada no trabaja en esas fechas, su sueldo mensual no se verá afectado, ya que debe cobrarlas igualmente, como si hubiera trabajado.
Hasta el momento, no se anunció un nuevo aumento en los salarios del personal doméstico. Por lo tanto, los montos correspondientes a abril permanecerán iguales a los de marzo, cuando se aplicó un incremento del 1,2%. En este sentido, los valores actuales se mantienen sin cambios.
- Personal para tareas generales (limpieza, mantenimiento, cocina):
Por hora con retiro: $2.863
Por hora sin retiro: $3.089
Mensual con retiro: $351.233
Mensual sin retiro: $390.567
- Cuidado de personas (niños, adultos mayores, personas con discapacidad):
Por hora con retiro: $3.089
Por hora sin retiro: $3.454
Mensual con retiro: $390.567
Mensual sin retiro: $435.246
- Caseros:
Por hora: $3.089
Mensual: $390.567
- Supervisores:
Por hora con retiro: $3.454
Por hora sin retiro: $3.783
Mensual con retiro: $430.878
Mensual sin retiro: $479.950
- Personal especializado (cocineros, mayordomos, enfermeros):
Por hora con retiro: $3.270
Por hora sin retiro: $3.585
Mensual con retiro: $400.310
Mensual sin retiro: $445.613
Estos valores no contemplan los adicionales por antigüedad, zona desfavorable ni los pagos extras por feriados trabajados.

