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Mucha atención jubilados de la mínima: ¿Cuándo se cobra el aguinaldo de ANSES?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó cuándo van a percibir el aguinaldo los jubilados de la mínima. Consultá las fechas completas y más detalles.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó, ante los jubilados de la mínima, cuándo cobrarán el aguinaldo correspondiente a diciembre 2024. Este deberá acreditarse junto al haber con aumento y el bono de $70.000.

El Sueldo Anual Complementario (SAC) va “de la mano” de la fórmula de movilidad vigente, puesto que, según sus especificaciones, los salarios se actualizan de acuerdo a la inflación de hace dos meses. Los de diciembre se ajustarán tomando el 2,7% de octubre. Más información en anses.gob.ar.

Eso dará como resultado el ingreso más alto percibido durante todo el semestre, lo a que su vez definirá el aguinaldo de la ANSES. Este último, se recuerda, toma el 50% de esa cifra mencionada, que será de $259.623 exactamente. Al hacer el cálculo, el monto de percepción arroja $129.811.

Novedades sobre el aguinaldo para los jubilados, en el consultorio de Crónica HD
Aguinaldo de la ANSES: ¿Cuándo lo cobran los jubilados de la mínima?

La ANSES confirmó que el aguinaldo será acreditado junto al haber y el bono de $70.000, el mismo día. Juntos, los tres conceptos darán un ingreso final de $459.434 en diciembre. Las fechas de cobro para los jubilados de la mínima se indican a continuación:

  • DNI terminados en 0: lunes 9 de diciembre.
  • DNI terminados en 1: martes 10 de diciembre.
Aguinaldo para jubilados de la ANSES: las fechas de cobro completas.
Aguinaldo para jubilados de la ANSES: las fechas de cobro completas.
  • DNI terminados en 2 y 3: miércoles 11 de diciembre.
  • DNI terminados en 4 y 5: jueves 12 de diciembre.
  • DNI terminados en 6 y 7: viernes 13 de diciembre.
  • DNI terminados en 8 y 9: lunes 16 de diciembre.
Jubilados de la ANSES: ¿Quiénes cobran el aguinaldo en diciembre?

La ANSES confirmó que cobrarán el aguinaldo los siguientes grupos:

  • Jubilados y pensionados.
  • Beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (PNC).
  • Personas que cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Tanto los jubilados de la mínima, máxima e integrantes de categorías intermedias tendrán que verlo reflejado. La única distinción se encuentra en el monto exacto que recibirán, debido a la proporción con su salario más alto del semestre.

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