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ARCA implementó cambios en el régimen de facturación y habilitó la liquidación electrónica mensual

A través de la Resolución General 5824/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció el esquema de liquidación electrónica mensual para sectores financieros, seguros y medicina prepaga.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó este viernes la Resolución General 5824/2026, una normativa que introduce modificaciones en el sistema de emisión de comprobantes, limita excepciones y fija nuevas condiciones para identificar consumidores finales, entre otros puntos.

La medida, publicada en el Boletín Oficial, actualiza la Resolución General N° 1.415 para adecuar los procesos administrativos a las nuevas modalidades de declaraciones juradas simplificadas para el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). 

Desde el organismo recaudador indicaron que la reforma busca optimizar la calidad de los datos en sus registros y disminuir la carga burocrática sobre los contribuyentes. Según los considerandos de la norma, la implementación de estas herramientas digitales permitirá fortalecer el control fiscal sin elevar los costos operativos

El detalle de las modificaciones implementadas por ARCA.
El detalle de las modificaciones implementadas por ARCA.

ARCA: Cómo será la implementación de la liquidación electrónica mensual 

Una de las implementaciones destacadas de la normativa es la creación de los "comprobantes de liquidación electrónica mensual". Esta figura legal permite a determinados sectores de la economía agrupar las operaciones de un mismo cliente en un único documento digital por período. 

La resolución especifica que estos comprobantes deben emitirse antes del cierre de cada mes calendario y estar disponibles para el receptor en un plazo no mayor a diez días corridos desde su generación. Este beneficio alcanza a las entidades financieras regidas por la Ley N° 21.526 y a las compañías de seguros bajo la Ley N° 20.091.

Asimismo, se incluye a las administradoras de tarjetas de crédito y prepagas, junto con los operadores de pagos por transferencia, de acuerdo con los lineamientos técnicos establecidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). 

La Resolución 5824/2026 también integra a las instituciones educativas de gestión privada y a las entidades de medicina prepaga. Para acceder a esta modalidad de facturación mensual, deben estar constituidas como asociaciones, fundaciones o entidades civiles, conforme a las exenciones previstas en el artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. 

La normativa permite que estos sujetos emitan la facturación de forma individual por cada transacción o mediante el esquema mensual unificado. 

En lo que respecta a la atención al público masivo, la agencia estableció nuevos parámetros para la identificación de los adquirentes. Se dispone la obligatoriedad de incluir la leyenda "A CONSUMIDOR FINAL" en los tickets o facturas. 

Además, se fijó un umbral de control: cuando el monto de la operación sea igual o superior a los $10.000.000, el emisor deberá consignar el DNI, CUIL o CDI del cliente. En el caso de compradores extranjeros, se requerirá el número de pasaporte o documento de identidad de su país de origen. 

Por otro lado, la resolución aclara que no habrá montos mínimos de exclusión para la identificación mediante CUIT cuando el adquirente sea un responsable que necesite computar la deducción en su declaración jurada de Ganancias. 

La reforma sustituye el artículo 47 de la RG 1.415, reforzando el deber de informar con exactitud los códigos de los puntos de emisión. Los contribuyentes deben notificar a ARCA la habilitación de nuevos locales o el inicio de actividades, así como tramitar la baja de puntos de venta dentro de los cinco días hábiles posteriores al cese de operaciones en dicho sitio. 

No obstante, la normativa establece una restricción importante: una vez que un punto de venta es dado de baja en el sistema, su numeración queda inhabilitada de forma permanente y no podrá ser reutilizada en futuras gestiones. 

Esta medida busca prevenir la duplicación de registros y asegurar la integridad de la base de datos fiscal. Vinculación registral y plazos de aplicación ARCA habilitó la opción de asociar directamente cada punto de venta con una actividad económica específica declarada en el "Sistema Registral". 

Este trámite se realiza a través del servicio con Clave Fiscal (Nivel de Seguridad 3) y permite una segmentación más precisa de la facturación según el rubro del contribuyente. 

Aunque la resolución entró en vigencia con su publicación oficial, la obligatoriedad para los nuevos esquemas de emisión comenzará a regir para las operaciones concertadas a partir del 1 de julio de 2026. 

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