COMUNICADO

Fundación Led se pronuncia a favor de la libertad de expresión

A través de un comunicado, la entidad remarcó que la libertad de expresión y el acceso a la información son garantías constitucionales que protegen el pluralismo,

Después que el Gobierno Nacional anunciara la creación de la cuenta en la red social X denominada "@RespOficial_Arg", bajo la supervisión de la Vocería Presidencial y en su primera publicación, detalle que el objetivo es "desmentir activamente la mentira" y evidenciar supuestas operaciones de medios de comunicación y sectores políticos, diversos organismo mostraron su postura contraria a la decisión tomada.

En esta línea, la Fundación Led emitió un comunicado oficial en el que se expresó a favor de la libertad de expresión.

Asimismo, en el documento difundido se hace mención a: 

  • Protección constitucional: El informe destaca que, en democracia, las opiniones sobre asuntos de interés público gozan de una protección especial. Los funcionarios están sujetos a un mayor escrutinio social y los ciudadanos tienen el derecho constitucional de opinar libremente sin estar obligados a seguir una visión oficial.
  • Rol de los medios: Se subraya que los medios tienen garantizada la libertad editorial (arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional) para elegir sus enfoques periodísticos sin censura ni restricciones.

Riesgos y Obligaciones del Estado

  • Doble posibilidad: La Fundación LED señala que, si bien esta cuenta puede facilitar el acceso a información pública, existe el riesgo de que se utilice para estigmatizar o atacar a periodistas y medios por sus opiniones.

  • Neutralidad y veracidad: El Estado tiene la obligación de brindar hechos y datos objetivos de forma transparente. Ningún funcionario debe intentar imponer una "única razón" o verdad absoluta.

  • Marco jurídico: El documento aclara que cualquier determinación sobre si una información es dolosa o dirigida a causar daño debe dirimirse en el ámbito judicial, bajo la teoría de la "real malicia".

Finalmente, el organismo indicó que para fortalecer la calidad democrática, la información oficial debe ser clara, precisa y respetar la pluralidad.

Por último, la Fundación LED concluye que el Estado debe garantizar el acceso a la información bajo los principios de transparencia y máxima divulgación, evitando el uso de plataformas digitales para vulnerar la libertad de opinión.

Acá el comunicado de la Fundación Led a favor de la libertad de expresión completo

ACERCA DE LA CREACIÓN DE UNA CUENTA DE RESPUESTAS OFICIALES EN LA RED SOCIAL X

A través de una cuenta de la Red Social X se publicó la creación de una vía de difusión de información oficial denominada "@RespOficial_Arg ". La nueva cuenta supervisada por la Vocería Presidencial se utilizará, según reza su primera publicación para "desmentir activamente la mentira, señalar falsedades concretas y dejar en evidencia las operaciones de los medios y la casta política".

La vida en democracia exige el mayor nivel posible de discusión pública sobre el funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos, esto es, sobre los asuntos de interés público. En consecuencia, las expresiones, informaciones y opiniones atinentes a asuntos de interés público, al Estado y sus instituciones, gozan de mayor protección bajo la Convención Americana, lo cual implica que el Estado debe abstenerse con mayor rigor de establecer limitaciones a estas formas de expresión, y que las entidades y funcionarios que conforman el Estado están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. La información sobre la acción de gobierno y los asuntos de interés público conforman un derecho constitucional y ningún ciudadano está obligado a opinar de tal o cual manera sobre los mismos. La libertad de expresión es un derecho pleno y una garantía constitucional.

En este contexto, los medios de comunicación, como actores esenciales de la vida democrática en el ejercicio de su libre expresión, tienen garantizado el derecho a publicar información, sin censura ni restricciones. La Constitución Nacional ampara en el art. 14 la libertad de expresión y el derecho de acceso de información de los ciudadanos, así como el art. 32 de la misma fija la protección a la libertad de imprenta, entendida como protección a la libertad editorial, por lo que los medios tienen garantizada la libertad de elegir los enfoques periodísticos sobre todos los temas de interés de sus audiencias, definiendo libremente su línea editorial.

Por lo que se desprende que, esta cuenta creada en redes abiertas de información puede ampliar y facilitar el acceso de la información pública pero también puede, si se usare para estigmatizar o atacar periodistas o medios en virtud de sus opiniones y no para aclarar o responder información objetiva, vulnerar los principios y garantías descriptos hasta aquí. El Estado, a través de todos sus organismos debe garantizar el acceso a la información pública objetiva y de modo transparente, ningún funcionario puede intentar imponer una única razón, su obligación es brindar hechos, datos e información precisa para que los ciudadanos ejerzan sus derechos y opinen libremente. Por otra parte, nuestro ordenamiento jurídico basado en la teoría de la real malicia reserva la tarea de dirimir si determinada información se convierte en dolosa y fue dirigida a provocar daño, al ámbito jurídico y es allí donde debe permanecer.

En cuanto a las observaciones que despierta este nuevo canal de comunicación de respuestas del ejecutivo también se hace necesario señalar en consonancia con lo que establece la Declaración Conjunta de la CIDH de 2023 «Las sociedades democráticas son más fuertes cuando pueden contar con voces de referencia, que difunden activamente información de interés público y contribuyen a la toma de decisiones informadas. Los medios de comunicación libres, independientes y pluralistas pueden ser esas voces de referencia cuando respetan los estándares profesionales establecidos, siguen métodos de verificación diligentes y promueven el entendimiento intercultural, la inclusión social y el respeto por la diversidad.»

La calidad democrática se enriquece con la publicación de información oficial clara, precisa y su difusión es siempre importante para nutrir un debate público robusto y plural. A tal fin dos condiciones son insoslayables, la transparencia en la difusión de la información y datos de interés público brindados, y el respeto irrestricto de la libertad de opinión y la protección de la pluralidad en el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos. En ese sentido es que Estado debe garantizar el acceso a la información pública completa, clara y veraz, a todos los ciudadanos por aplicación de los principios de apertura, máximo acceso, transparencia y máxima divulgación y a través de los medios que se dispongan para ello, teniendo en cuenta que no escapa a las dos condiciones descriptas la difusión de información por las nuevas plataformas digitales y/o redes sociales.

Desde la Fundación LED seguiremos difundiendo la importancia de fortalecer vigorosamente el debate público como el indicador fundamental de la calidad de las democracias.

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