La novela de Maxi Salas a River podr铆a ser un punto de quiebre en el f煤tbol argentino: la apresurada determinaci贸n de la AFA
A medida que crece el esc谩ndalo por la intenci贸n de River de quitarle a Maxi Salas a Racing, la AFA busca evitar un rompimiento de relaciones entre los clubes.
La historia del supuesto pase de Maxi Salas, con ribetes novelescos, est谩 a punto de generar un antes y un despu茅s en el f煤tbol argentino.聽
Porque, por estas horas, mucho se habla sobre la intenci贸n de River de ejecutar la cl谩usula de rescisi贸n para quedarse con el delantero de Racing, algo que ya se hab铆a preacordado que no deber铆a suceder entre clubes argentinos.聽
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Y en ese punto y para evitar que el esc谩ndalo siga trepando, la AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados llegaron a un acuerdo para flexibilizar operaciones similares, brind谩ndoles un marco legal de ac谩 al futuro.
La informaci贸n se desprende del Bolet铆n Oficial 5711 publicado este jueves, que incorpora a los t茅rminos tradicionales la llamada 鈥淐l谩usula Simplificada de Finalizaci贸n de Contrato鈥. All铆, se regula la existencia de un acuerdo entre las partes comprador y vendedor para abonar el monto de la cl谩usula en cuotas y hasta incluye el establecimiento de objetivos deportivos futuros para que las partes contin煤en ligadas a futuro, mediante posibles obligaciones.
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No obstante, lo m谩s importante de la nueva norma apunta directamente al plano econ贸mico porque del 13 por ciento de impuestos que tributa usualmente una cl谩usula de rescisi贸n, con la Cl谩usula Simplificada, la carga bajar谩 a un cinco por ciento: fondo de retiro para futbolistas (2,5%), AFA (2%) y Agremiados (0,5%).
Si bien la novedad podr铆a generar una ola de ejecuciones, en desmedro de las transferencias tradicionales sobre todo ante interesados del exterior, la primera operaci贸n bajo estas nuevas normas se podr铆a llegar a dar con el controvertido caso de Maxi Salas, algo que hasta, hace horas, ten铆a la traba del famoso pacto entre dirigentes locales y que, m谩gicamente, ahora encontr贸 una soluci贸n para que finalmente el atacante se ponga la camiseta riverplatense, tal cual es el deseo de Marcelo Gallardo, quien decide sobre la vida futbol铆stica de River.
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PRIMERO:
En caso de reconocerse al futbolista el derecho a rescindir anticipadamente su contrato de trabajo mediante el pago de una suma de dinero estipulada en el contrato registrado en la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino y en Futbolistas Argentinos Agremiados, el futbolista podr谩 ejercer dicho derecho en cualquier momento durante la vigencia del contrato, mediante el pago del importe acordado en la cl谩usula correspondiente.
SEGUNDO:
Antes del vencimiento del contrato, el club y el/la futbolista podr谩n modificar de com煤n acuerdo el contenido de la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada de contrato. A los fines de su validez, dicha modificaci贸n deber谩 comunicarse fehacientemente a la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino y a Futbolistas Argentinos Agremiados.
TERCERO:
Cuando el futbolista decida ejercer unilateralmente la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada, deber谩 notificar de manera fehaciente al club, a la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino y a Futbolistas Argentinos Agremiados, indicando su decisi贸n de rescindir el contrato.
En la misma notificaci贸n deber谩 requerir al club los datos de la cuenta bancaria donde deba realizarse el pago. Si el club no proporciona esa informaci贸n dentro de los cinco (5) d铆as h谩biles, el futbolista podr谩 efectuar el pago del importe total de la cl谩usula ante la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino, mediante transferencia o cheque al d铆a con certificaci贸n bancaria.
CUARTO:
El futbolista podr谩, a su vez, ejercer la cl谩usula simplificada de finalizaci贸n anticipada de contrato mediante un acuerdo que celebre con el club con el que tiene contrato vigente registrado (club de origen). En dicho acuerdo, las partes podr谩n:
a) Pactar la modalidad de cancelaci贸n del importe de la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada (plazos, cuotas, forma de pago, etc.);
b) Incorporar objetivos vinculados al rendimiento del/la futbolista en el nuevo club. En ese mismo acto, deber谩 incorporarse la obligaci贸n por parte del nuevo club de asumir la totalidad de las obligaciones econ贸micas derivadas del ejercicio de la cl谩usula, incluyendo el importe de la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada y los objetivos pactados. El nuevo club ser谩 el 煤nico obligado al pago de las sumas involucradas, en los t茅rminos establecidos en el acuerdo.
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QUINTO:
El acuerdo mencionado en la cl谩usula anterior, que deber谩 constar por escrito, deber谩 ser suscripto por el club de origen, el/la futbolista y tambi茅n por el nuevo club obligado al pago. Para su validez, deber谩 ser presentado ante la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino y Futbolistas Argentinos Agremiados dentro de los dos (2) d铆as h谩biles de su firma, junto con toda la documentaci贸n complementaria correspondiente.
SEXTO:
Sobre el importe de la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada de contrato y sobre los montos pactados por objetivos, se deber谩n abonar los porcentajes establecidos en el Bolet铆n AFA n潞 5659, a saber:
* 2% a favor de la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino (AFA);
* 0,5% a favor de Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA);
* 2,5% para el sostenimiento del Fondo de Retiro, o cualquier otro beneficio creado o por crearse por Futbolistas Argentinos Agremiados para los/las futbolistas.
S脡PTIMO:
En los casos en que el futbolista ejerza unilateralmente la cl谩usula sin acuerdo con el club de origen, se deber谩 acreditar:
a) El dep贸sito o transferencia del importe en la cuenta del club de origen;
b) El pago de los porcentajes establecidos en la cl谩usula anterior, en las cuentas correspondientes de AFA y FAA.
En cambio, cuando exista un acuerdo entre el/la futbolista con el club de origen, en el cual las partes puedan pactar la modalidad de cancelaci贸n del importe de la cl谩usula de finalizaci贸n anticipada (plazos, cuotas, forma de pago, etc.), como as铆 tambi茅n incorporar objetivos vinculados al rendimiento del/la futbolista en el nuevo club, acordando asimismo la modalidad de pago respecto de ellos, con la incorporaci贸n de la obligaci贸n por parte del nuevo club de asumir la totalidad de las obligaciones econ贸micas derivadas del ejercicio de la cl谩usula, el club de origen tendr谩 la obligaci贸n de presentar en AFA y en FAA, dentro del plazo de dos (2) d铆as h谩biles de su firma, la documentaci贸n relativa al acuerdo y la acreditaci贸n del cumplimiento del pago de los porcentajes establecidos en la cl谩usula SEXTO.
OCTAVO:
A los fines de su oportuna validaci贸n internacional y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias vigentes, los acuerdos celebrados en el marco del presente deber谩n ser debidamente incorporados al TMS (Transfer Matching System) de la FIFA, conforme a los procedimientos habituales establecidos por dicha entidad.
NOVENO:
Las 谩reas jur铆dicas y t茅cnicas de AFA y FAA quedan facultadas para dictar las disposiciones complementarias necesarias para la interpretaci贸n, aplicaci贸n y control del presente acuerdo.
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