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Ganancias: hasta cu谩ndo hay tiempo para completar el formulario con las deducciones

AFIP inform贸 la nueva fecha l铆mite para que los trabajadores presenten la declaraci贸n jurada. Te contamos todos los detalles.

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) decidi贸 extender nuevamente el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al a帽o 2023.

Esta extensi贸n se formaliz贸 mediante la Resoluci贸n General 5514/2024, publicada este jueves en el Bolet铆n Oficial.

Nueva fecha l铆mite

La nueva fecha l铆mite para la presentaci贸n del formulario de declaraci贸n jurada se fij贸 hasta el 30 de junio de 2024, siendo esta la tercera vez que el organismo nacional extiende el periodo establecido.

Esto permite a los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, efectuar la presentaci贸n del formulario de declaraci贸n jurada F. 572 Web a trav茅s del servicio "Sistema de Registro y Actualizaci贸n de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR".

Procedimiento para los agentes de retenci贸n

Seg煤n la normativa, los agentes de retenci贸n deber谩n practicar la liquidaci贸n anual prevista en el art铆culo 9掳 de la Resoluci贸n General N掳 2.442 y en el inciso a) del art铆culo 21 de la Resoluci贸n General N掳 4.003, y sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondiente al per铆odo fiscal 2023, hasta el 31 de julio de 2024 inclusive.聽

El importe determinado en dicha liquidaci贸n anual ser谩 retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efect煤e el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidaci贸n o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024 inclusive.

Ingreso del importe retenido

El texto oficial aclara que el importe referido deber谩 informarse e ingresarse hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentaci贸n de la declaraci贸n jurada e ingreso del saldo resultante, operando en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

Esta informaci贸n debe ser consignada en el per铆odo julio de 2024, indicando como fecha de retenci贸n el 31 de julio de 2024.

Motivo de la nueva pr贸rroga

La decisi贸n de realizar una nueva postergaci贸n del plazo est谩 vinculada a la demora en el tratamiento y sanci贸n de la nueva legislaci贸n sobre Ganancias, incluida en la Ley de Bases y el paquete fiscal que el Gobierno envi贸 al Congreso.

La Resoluci贸n indica que, con el objetivo de brindar seguridad jur铆dica a los contribuyentes y responsables sobre el alcance del impuesto a las ganancias, el Poder Ejecutivo Nacional ha puesto a consideraci贸n del Honorable Congreso de la Naci贸n un proyecto normativo enviado mediante Mensaje (PEN) N掳 20/24 para establecer, con jerarqu铆a de ley, las mencionadas medidas de pol铆tica tributaria.

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