JUSTICIA

"La Toretto" tiene nuevos abogados: "Felicitas es una chica de bien"

Felicitas Alvite, la joven de 20 años que atropelló y mató al motociclista Walter Armand presuntamente en medio de una "picada" de autos, acudió a la defensa de los abogados Flavio Gliemmo, Santiago Irisarri y Luisina Gliemmo, que presentaron un meduloso planteo ante la Cámara Penal de Plata para evitar su detención.

La joven influencer de La Plata conocida como “La Toretto”, acusada del delito de homicidio simple por dolo eventual”, tras atropellar y causar la muerte de un motociclista, designó nuevos abogados defensores que ya presentaron un meduloso planteo ante la Cámara Penal de Plata para evitar la detención.

El pasado viernes la jueza de Garantías Marcela Garmendia rechazó la eximición de prisión y ordenó la detención de Felicitas Alvite (20), la conductora que, en el marco de una presunta "picada" de autos, en 13 y 532, atropelló y mató al motociclista Walter Armand. 

Ante este panorama la familia de la joven acudió a la defensa de los abogados Flavio Gliemmo, Santiago Irisarri y Luisina Gliemmo que ya interpusieron el recurso de apelación ante la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata.

En ese sentido, la defensa requirió que antes de la resolución desde el tribunal de Alzada se designe una audiencia (en los términos del artículo 447 del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires) para que los jueces conozcan a la imputada “y, a su vez, que los letrados podamos informar in voce”, según consiignó el medio local 0221.

 

¿Qué establece la apelación que presentó la defensa de "La Toretto"?

“Dejamos constancia que el presente recurso de apelación se interpone a las pocas horas de haber aceptado los cargos de defensores, generando una complicación para desarrollar de manera definitiva los argumentos que se plantean en los diversos agravios”, aclararon desde la defensa.

El pedido se fundamenta en que, “pese a haberse requerido ante la Fiscalía que se disponga audiencia para que nuestra asistida pueda declarar y ejercer su legítimo derecho a defenderse, hasta el momento no se ha hecho lugar al pedido, motivo por el cual su versión de lo sucedido no ha podido ser incorporada al presente recurso (y adelantamos que consideramos sustancial)”, señala el documento mediante el que se puntualiza que la imputada, no es una “corredora de picadas, ni una “persona que usa su automóvil para matar”.

“Todo lo contrario, es una chica de bien, sana, que no se droga ni consume prácticamente alcohol y que nunca, absolutamente nunca, había tenido inconveniente alguno con la ley ni con terceros”, detalla el escrito. 

“Lejos de lo que la opinión pública y los Magistrados puedan pensar, Felicitas es una persona que no tiene automóvil propio, comparte el de su madre con sus cuatro hermanos, no lo utiliza de noche, de día se limita a utilizarlo para ir al trabajo y no corre ‘picadas’, puntualiza la apelación.

Para sostener esa versión los abogados detallaron que puede comprobarse “pidiendo las cámaras de filmaciones del municipio de La Plata y, más concretamente, de la zona de City Bell, que Felicitas prácticamente no utiliza automóvil y que, las pocas veces que lo hace, lo utiliza para ir a trabajar en horario diurno, conduciendo debidamente y sin violentar las normas de tránsito”.

 

“Debemos poner énfasis en manifestar que nunca se pactó una picada ni nada similar; lo que ocurrió, según nos cuenta nuestra asistida, pero que es concordante con las filmaciones que se encuentran incorporadas al proceso, es que le pidió a una persona conocida de City Bell, que se encontraba en otro vehículo, que la guiara para salir de la ciudad (vale destacar que Felicitas no vive en La Plata, habiendo conducido solo en tres ocasiones en esta ciudad y en horario diurno)”, dice el texto.

En ese marco “Felicitas comenzó a seguir al otro automóvil con la finalidad de salir de la zona céntrica de La Plata; lamentablemente, y como consecuencia de su conducción imprudente y veloz, al llegar a la esquina de calle 13 y 32, cruzó un semáforo que se encontraba en rojo y causó la muerte de un muchacho”.

La defensa no niega la existencia del hecho, pero aclaran que Felicitas "no corría una picada" y que "no tuvo intención de causarle la muerte a otra persona”.

En el mismo sentido, remarcan: “una vez producido el hecho, nuestra asistida no se escapó ni intentó eludir el accionar policial. Más bien, hizo todo lo contrario: se quedó en el lugar y colaboró con absolutamente todas las diligencias requeridas”.

“Es falso, como ha circulado en los medios de comunicación, que Felicitas se haya opuesto a la realización del control de alcoholemia; la realidad es que ningún funcionario interviniente le requirió tal diligencia (en caso de haber existido tal requerimiento, ella no se hubiera negado, pues -como dijimos- no había consumido bebidas alcohólicas)”, expresa el escrito. 

 

“Luego del suceso, Felicitas se dirigió, conforme lo requirieron los funcionarios, a realizarse las correspondientes revisiones ante el cuerpo médico y demás dependencias oficiales, prestando conformidad a la hora de labrar las respectivas actas”, subraya la defensa. 

Los defensores también aclaran: “No pretendemos negar ni disminuir responsabilidades; sí, en cambio, pretendemos que se conozca la totalidad de lo acontecido y, fundamentalmente, quién es realmente Felicitas. No estamos ante una persona que tiene un automóvil preparado para correr ‘picadas’; la realidad, como dijimos, es que Felicitas utiliza el automóvil de su madre solo para ir a trabajar en horario diurno y que lejos está de la imagen que públicamente se ha dado de ella. Si bien no negamos que la conducción de nuestra asistida ha sido imprudente y temeraria, sí negamos que haya tenido la intención de causar la muerte de alguien. No solo que no tuvo la intención de causar una muerte, sino que ni siquiera se lo representó”.

Los defensores solicitaron que “hasta tanto no recaiga sobre nuestra asistida sentencia condenatoria, se garantice el debido proceso legal y, en consecuencia, se la exima de prisión”.

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