La justicia le aplicó la "pena natural" al padre de un nene que murió encerrado en el auto
Un fiscal resolvió que el imputado actuó con "negligencia" y determinó "innecesaria" y "desproporcionada" la aplicación de otra pena.
La Justicia de la provincia de Neuquén resolvió que el padre del nene que hace ocho meses murió por sofocamiento tras haber sido olvidado dentro de un auto por casi siete horas, sufriera una “pena natural”. Otro de los casos de Crónica Policiales más impactantes de la jornada.
La decisión se contempló en el marco del artículo 106 inciso 3 del Código Procesal Penal de Neuquén, indicó el MPF, que "prevé un criterio de oportunidad —como lo es la pena natural— a aplicarse cuando el imputado haya sufrido a consecuencia del hecho un daño físico o moral grave, que torne innecesaria o desproporcionada la aplicación de la pena".
En la resolución, firmada el pasado 10 de octubre, se expresa: "no podemos dejar de reparar en que nos encontramos aquí ante un suceso en el cual el acusado es el responsable de la muerte de su hijo, aunque, claro está, no es un dato menor que dicha muerte no fue querida ni buscada por el imputado, sino consecuencia de su negligente conducta”.
Asimismo, se destacó que el "aludido desenlace lesivo ha significado para el imputado una sanción que excede con creces la pena mínima aplicable en función de lo normado en los arts. 84 y concordantes". Y agrega: "Si la sanción fijada ignora ese dolor, esa pérdida sufrida por el autor del hecho, la respuesta punitiva alcanzará un quantum que excederá la proporción que debe existir entre el delito y pena".
Para desarrollar esta resolución, Azar indicó haber recolectado pruebas y declaraciones de testigos del hecho y de personas del entorno familiar del padre y del niño. "Surgió sin duda alguna que nos hallamos ante una actitud negligente de parte del padre…”, resolvió.
Asimismo, remarcó que por pena natural debe entenderse “al mal grave que se autoinflinge el autor con motivo del delito, o que sea impuesto por terceros por la misma razón”.
Por último, aseguró que el hombre fue “suficientemente castigado” por las repercusiones de su delito. Y en su conclusión, el fiscal del caso dispuso que la pena natural correspondía al no encontrarse "afectados de modo alguno el interés público y la paz social".

