REFORMA

Cambio en las indemnizaciones laborales: ¿De qué se trata el fondo que impulsa el Gobierno de Javier Milei?

La Comisión Nacional de Valores (CNV) es la autoridad de control del nuevo mecanismo. El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, detalló que el sistema quedó aprobado en su momento con la ley Bases. 

El Gobierno nacional avanzó este lunes en una reforma del mecanismo de indemnizaciones laborales al publicar el marco regulatorio del fondo que podrán crear empresas y trabajadores para atender las obligaciones que deriven de eventuales despidos.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó en el Boletín Oficial la resolución general 1071/2025, que establece el marco regulatorio para lo que denomina “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”.

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Este sistema busca ofrecer una alternativa a la indemnización por antigüedad y otros conceptos por cese laboral, según el Gobierno.

 

Por su parte, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, precisó en su cuenta de la red social X que el nuevo mecanismo quedó aprobado en su momento por el “artículo 96 de la ley Bases 27.742, que permite a los participantes de una convención colectiva armar su propio sistema de indemnización”.

El funcionario nacional sostuvo que ”lo pueden hacer como quieran”, pero “con una única condición: la participación es voluntaria tanto para empresas como trabajadores”. Remarcó que “este último punto es esencial” y agregó: “Sólo con esta premisa sabemos que el sistema será beneficioso para ambos”.

Los Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral son herramientas financieras diseñadas para acumular fondos que puedan reemplazar la indemnización por antigüedad, establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, y otras compensaciones por desvinculación laboral.

La CNV los define conceptualmente como "fondos comunes de inversión abiertos y establece que todos los instrumentos bajo este régimen deberán incluir obligatoriamente la expresión "cese laboral" en su denominación para una clara identificación.

¿Qué característica especial tienen estos fondos?

Una característica especial de estos fondos es que son inembargables por los acreedores de los trabajadores o empleadores.

Además, los bienes y rentas que componen el patrimonio de estos productos están exclusivamente destinados a generar las prestaciones de acuerdo con lo acordado en las Convenciones Colectivas de Trabajo y las normas aplicables.

Si los aportes provienen de empleadores, las cuotapartes o valores fiduciarios “estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector”, indica la resolución general 1071/2025. Eso significa que el trabajador adquiere derechos sobre éstos bajo ciertas condiciones.

La CNV es la "autoridad de control y supervisión" de las disposiciones relativas a este Fondo de Cese Laboral. Su función es garantizar que las entidades administradoras o fiduciarias mantengan una "política de inversión adecuada".

 

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