El Gobierno de Javier Milei promulgó las leyes de emergencia pediátrica y financiamiento universitario: postergó la aplicación
El Poder Ejecutivo oficializó esta madrugada las normativas a través del Boletín Oficial. En tanto, indicaron que la suspendió la aplicación de las medidas hasta que el Congreso asigne fondos específicos en el presupuesto nacional.
En el marco del último día del plazo para aplicarlas, el Gobierno nacional promulgó este martes las leyes de financiamiento universitario (Ley N° 27.795) y de emergencia pediátrica (Ley N° 27.796), las cuales instan a entregar fondos y contemplan una recomposición salarial. No obstante, su aplicación quedó postergada hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento.
La normativa que dispone un nuevo régimen de financiamiento para las universidades públicas del país y la recomposición salarial del personal docente y no docente, quedó formalizado esta madrugada a través del Decreto 759/2025, que publicado en el Boletín Oficial.
En la disposición, se detalla que “El Poder Ejecutivo deberá definir las partidas presupuestarias destinadas al programa ‘Desarrollo de la Educación Superior’, con el fin de afianzar el ingreso, la permanencia y la terminalidad del estudiantado, así como garantizar su formación continua. Las mismas deberán garantizar las condiciones laborales y salariales de docentes y no docentes, incrementar los recursos orientados a la incorporación de tecnología digital e impulsar la formación y el fortalecimiento de la planta de personal”.
En esa línea, se especificó que “Se dispone la necesidad de ampliar la oferta de carreras universitarias y preuniversitarias, promover y profundizar la función de extensión universitaria y desarrollar y consolidar la función de investigación en las universidades públicas. También se prevé la provisión y el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento de las universidades, junto con el impulso de las acciones pertinentes para la internacionalización inclusiva de la enseñanza, la investigación y la extensión universitaria”.
La disposición, que señaló que la Auditoría General de la Nación realizará un control administrativo externo de las universidades y “de manera inmediata” remitirá al Congreso informes con observaciones y un plan de seguimiento y control. “La presente ley podrá financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados) como ingresos”, señaló.
Por su parte, mediante el Decreto 760/2025, se promulgó la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales. A partir de ella nueva normativa, se decreta la asignación prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios destinados a bienes de uso y consumo, insumos críticos, mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas, tecnologías médicas y personal esencial afectado al cuidado y atención pediátrica; se establece la recomposición inmediata de los salarios del personal de salud, asistencial y no asistencial; y se prevé la exención del impuesto a las ganancias para el personal de salud que se desempeñe en efectores públicos y privados cuando realice actividades críticas, horas extras o guardias.
A su vez, el Garrahan fue declarado “hospital de referencia nacional en la atención de alta complejidad” y el Ejecutivo se encargará de reasignar partidas presupuestarias y aplicar recursos.
En este contexto, se definió que “Se pretende garantizar el acceso efectivo, oportuno, equitativo y de calidad a los servicios de salud pediátrica, asegurar el adecuado funcionamiento de los hospitales públicos de atención pediátrica e implementar mecanismos de referencia y contrarreferencia que permitan el acceso a prácticas de alta complejidad en todo el territorio nacional, con independencia de la cobertura social”, escribieron en el documento oficial.
Por último, en ambos decretos se aclaró que la publicación se da “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 24.629, la cual establece: “Toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.

