BOLETÍN OFICIAL

El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar los centros de salud mental

La decisión fue confirmada durante esta madrugada a través de la publicación de la Resolución 6155/2024 en el Boletín Oficial. De este modo, se derogó la medida que exigía una consulta vinculante con la comisión encargada de estas cuestiones. A partir de ahora será consultivo y a pedido. Más detalles, en la siguiente nota.

Este lunes, el Gobierno nacional modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental y de consumos problemáticos. La normativa anterior había sido establecida durante la gestión del ex presidente Alberto Fernández.

La normativa fue oficializada mediante la resolución 6155/2024, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial. En la misma, se elimina la consulta vinculante con una comisión especial, la cual pasará a tener un rol consultivo. De este modo, se busca agilizar esos trámites.

"Apruébanse las Normas Mínimas para Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud Mental y Consumos Problemáticos y Estándares para la Supervisión Periódica de los Servicios de Salud Mental y Consumos Problemáticos”, destaca el documento.

 

 

En ese sentido, las principales modificaciones que fueron introducidas con la presente medida giran en torno a la necesidad de promover una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental. Es por eso que se busca avanzar en “la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, que promuevan la inclusión social de las personas y garanticen una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”.

En tanto, en la disposición se recalca la importancia de que “exista un abordaje integral para la habilitación y la fiscalización de estos establecimientos, dentro de los cuales se destacan consultorios externos, centros de día comunitarios y hospitales de día con componente de internación”.

En el DNU anterior, publicado en los últimos días de mandato de Alberto Fernández, se había establecido que para proceder con la habilitación de los centros de salud mental debía realizarse una consulta vinculante con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados, a través de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos la Secretaría de Derechos Humanos. Con la implementación de este nueva medida, ahora solo será un paso consultivo en el caso de ser necesario.

En lo que respecta a la evaluación para la posterior habilitación de los establecimientos quedó en manos de la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación. A su vez, la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental intervendrá en caso de detectar algo incoherente y solicitará asistencia a la Comisión que fue previamente mencionada.

Ante la decisión de realizar una inspección, se dispuso que cualquiera sea la causa, se abrirá un expediente, dando inicio al proceso estipulado. Tras ello, los inspectores confeccionarán un acta en la faz de sus competencias. “La Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras cuando las condiciones higiénico-sanitarias, la insuficiencia de elementos, condiciones técnicas y/o eficiencia de las prestaciones así lo hicieren pertinente, podrá clausurar, suspender o cancelar la habilitación, disponer su clausura y/o instruir sumario de estilo con el objeto de investigar los hechos, deslindar responsabilidades del personal y profesionales actuantes, ponderar las circunstancias y aplicar las sanciones previstas”, indica la normativa.

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