Javier Milei designó por decreto a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como jueces de la Corte Suprema
La medida quedó formalizada este miércoles tras la publicación del Decreto 137/2025 en el Boletín Oficial. La decisión de incorporarlos como nuevos integrantes de la Corte Suprema fue tomada por el Ejecutivo luego de que no se llegara a un acuerdo en las tratativas parlamentarias con la oposición. Los detalles, en la nota.
El presidente Javier Milei designó por decreto este miércoles a los jueces Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como nuevos integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese sentido, se confirmó que los letrados fueron nombrados en comisión “hasta la finalización del próximo periodo legislativo“ ordinario. Además, indicaron que se continuará con el trámite administrativo en el Senado.
La medida fue oficializada esta madrugada mediante el Decreto 137/2025 publicado en el Boletín Oficial. “Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, al doctor Manuel José García-Mansilla en el cargo de juez de la Corte Suprema”, indica el artículo 1 de la normativa. En esa línea, en el artículo 2 se estableció: “Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, al doctor Ariel Oscar Lijo en el cargo de juez de la Corte Suprema”.
Tras no alcanzar un acuerdo con la oposición, el Ejecutivo decidió avanzar “con el objetivo de normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros”, argumentó la Oficina del Presidente en un comunicado publicado horas antes de la oficialización de la medida.
En esa línea, el Gobierno destacó que el 20 de marzo del año pasado había anunciado que enviarían los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para ocupar los dos cargos vacantes en la Corte Suprema. Esto se debe a que actualmente la Corte Suprema está integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En tanto, desde el 15 de abril del año pasado el Gobierno empezó a negociar sin éxito con la oposición dialoguista y la más intransigente de Unión por la Patria (UP) para lograr los dos tercios de votos necesarios para su aprobación en el Senado.
De hecho, en el comunicado se hizo mención que las audiencias con Lijo y García Mansilla ocurrieron en agosto de 2024 y posteriormente no hubo tratamiento en sesiones ordinarias. Ante esto, Milei decidió incluirlos para que sean tratados en extraordinarias “dándole una nueva oportunidad al Senado para que prestara acuerdo a los candidatos nominados por el Presidente”. Sin embargo, no obtuvo los consensos necesarios.
Por su parte, el Ejecutivo tenía un plazo hasta el viernes a la madrugada para nombrar a Lijo y García Mansilla sin pasar por el Congreso, El mecanismo requería que los diputados y senadores estuvieran en receso. De esta forma, al no alcanzar un acuerdo en las negociaciones con la oposición, el Gobierno decidió recurrir a la vía del decreto. "El Gobierno Nacional no tolera ni tolerará que los intereses de la política se impongan por sobre los del pueblo argentino, bajo ninguna circunstancia", justificó el Ejecutivo en el comunicado.
Por último, los magistrados ejercerán en primer término de manera "temporal" hasta que el Senado defina su futuro. De este modo, las vacantes quedarán cubiertas y el Presidente no podrá designar a otros en su lugar.

