LA RESPUESTA

La Corte Suprema suspendió las elecciones: ¿Qué dijo el tribunal de San Juan?

El Tribunal Electoral de San Juan se expidió respecto al fallo de la Corte Suprema de Justicia, que suspendió las elecciones en el mencionado distrito, así como también en la provincia de Tucumán.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se suspendieron las elecciones de este domingo en las provincias de San Juan y Tucumán, desató la indignación del Poder Ejecutivo. Por este motivo, durante la noche de este martes, el Tribunal Electoral sanjuanino se expidió al respecto.

¿Qué se desprende de la conferencia de prensa? Se realizarán las elecciones provinciales del próximo domingo solo para las categorías de legisladores, intendentes y concejales. Sin embargo, no se llevará a cabo la convocatoria para votar gobernador y vice.

La medida respondía a las cautelares presentadas por las oposiciones provinciales que consideraban que las candidaturas de Juan Manzur y Sergio Uñac no respetarían la alternancia reglamentada.

 

 

"El tribunal resuelve disponer la suspensión del acto comicial solo en la categoría de gobernador y vice de San Juan y disponer en consecuencia la continuidad en las categorías de diputados, intendentes y concejales para las elecciones del domingo 14", destacaron desde el Tribunal Electoral de San Juan.

El cuerpo judicial está conformado por los jueces de la Corte de Justicia de San Juan, Daniel Olivarez Yapur y Adriana García Nieto, y el Fiscal General de la Corte, Eduardo Quattropani, indicó que el fallo del máximo tribunal "ordena suspender la convocatoria a gobernador y vicegobernador de San Juan".

 

Por otra parte, afirmaron que "este tribunal electoral no goza de atributos para extender el alcance de dicha resolución y menos aún para paralizar la totalidad del proceso electoral, es decir, comprendiendo a categorías distintas a las señaladas a la Corte".

Por otra parte, aseveraron: "Corresponde que este tribunal realice un puntual e íntegro tratamiento del fallo en cuestión, que no deja por su claridad margen interpretativo distinto al que se hace". En ese sentido, indicaron que "la decisión de la Corte obliga a este tribunal a tomar medidas operativas que permitan el desarrollo del acto comicial en las cuatro categorías restantes".

Considerando que "las agrupaciones ya han confeccionado las boletas de sufragio y que muchas de ellas han distribuido las mismas entre sus potenciales votantes, y ante el exiguo tiempo que queda hasta el 14 de mayo, se decide considerar válido las boletas de sufragio que contengan las cinco secciones", valoraron. Al mismo tiempo, aclararon que "las categorías de gobernador y vicegobernador quedarán excluidas del acto comicial".

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