DECISIÓN

La Justicia rechazó a Cristina Kirchner un recurso extraordinario para no usar tobillera electrónica y por el régimen de visitas

Tras la condena a seis años de prisión, la Justicia le impuso condiciones que incluyen el uso de una tobillera electrónica para monitoreo y un régimen de visitas restringido. Casación Penal rechazó recurso que buscaba revertir ese fallo.

La ex presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, recibió este martes un revés judicial sobre el pedido de no usar la tobillera electrónica mientras cumple una prisión domiciliaria, además de pretender flexibilizar el régimen de visitas.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario federal que fue presentado por la defensa de la ex mandataria por la denominada causa Vialidad.

La intención de Cristina Kirchner era llegar hasta la Corte Suprema de Justicia para que se revise el uso de la tobillera electrónica y el régimen de visitas restrictivo impuestos durante su prisión domiciliaria en su departamento de San José 1111, ubicado en el barrio porteño de Montserrat.

A partir de su condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad, la Justicia impuso condiciones como el uso de una tobillera electrónica para monitoreo; sumado a un régimen de visitas restringido, que exige autorización judicial previa para visitantes no incluidos en una lista aprobada de familiares, abogados, médicos y custodios.

 

La decisión de los jueces

 

Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña declararon inadmisible el recurso extraordinario federal, argumentando que no se dirigía contra una sentencia definitiva, como exige el artículo 14 de la Ley 48.

Los magistrados consideraron que la tobillera electrónica y las restricciones de visitas no constituyen una violación irrazonable al derecho a la dignidad humana, sino que son medidas razonables para garantizar un control judicial efectivo en el contexto de la prisión domiciliaria, considerada una excepción bajo supervisión estricta.

Sin embargo, el juez Mariano Borinsky fue el voto disidente en cuestión considerando que el recurso era admisible, ya que se presentó en tiempo y forma, y cuestionó la necesidad de la tobillera, argumentando que la ex presidenta permanece con custodia permanente de la Policía Federal Argentina, lo que haría innecesario el dispositivo electrónico.

Además, sostiene que el fallo invade la privacidad e intimidad de la ex mandataria, en tanto que la sentencia podría ser revisada por la Corte Suprema bajo la doctrina de la arbitrariedad.

 

La disconformidad de la defensa de Cristina Kirchner

 

Vale destacar que los abogados defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, consideraron que las restricciones son "innecesarias y excesivas", ya que la custodia policial permanente es suficiente para garantizar el cumplimiento de la pena.

Además, agregaron que las personas en prisión domiciliaria pueden realizar actividades no prohibidas por la ley, según el principio de reserva del artículo 19 de la Constitución, y que los jueces no tienen facultad para imponer reglas adicionales más allá de la privación de libertad.

Asimismo, cuestionaron la tobillera electrónica como un “castigo simbólico” y las restricciones de visitas como un “delirio autoritario”.

Con el fallo, son casi nulos los recursos que tiene en mano la defensa de Cristina, pero podría presentar un recurso de queja directamente ante la Corte Suprema, o apelar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Esta nota habla de: