¿Qué dice la Ley 27.337 del debate presidencial?
Si bien el primer encuentro en el que candidatos intercambiaron posturas se produjo en 2015, la ley que obliga a los postulantes a presentarse se sancionó un año después.
Para remontarse al momento donde se produjo el debut del debate presidencial no hay que ir tal lejos en la máquina del tiempo, sólo hay que retroceder cuatro años cuando el 4 de octubre de 2015, a instancias de la agrupación Argentina Debate, se encontraron Mauricio Macri, Sergio Massa, Margarita Stolbizer, Nicolás del Caño y Adolfo Rodríguez Saá, pero faltó el por entonces candidato oficialista, Daniel Scioli.
Sin embargo, luego de ganar la primera vuelta, Scioli asistió al cara a cara con Macri que se realizó 15 de noviembre para el balotaje, un evento televisivo que tuvo, según la medición de Ibope, un promedio de 54 puntos de rating, entre los más altos en diez años.
En tanto, un año más tarde, el Congreso Nacional sancionó la ley 27.337 que "obliga a todos los candidatos a participar y aplica una pena de quita de espacios publicitarios a quien no asista", en un intento por borrar la marca de ser el único país de la región que no había adoptado esta práctica electoral.
Tal como indica el capítulo IV de la Ley 27.337 (sancionada el 23 de noviembre de 2016), se establece “la obligatoriedad de debates preelectorales públicos entre candidatos a Presidente de la Nación, con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas”.
“Aquellos candidatos que por imperio de lo aquí dispuesto se encuentren obligados a participar de los debates y no cumplan con dicha obligación serán sancionados con el no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual (...). Asimismo, el espacio físico que Ie hubiera sido asignado al candidato faltante permanecerá vacío junto al resto de los participantes, a fin de denotar su ausencia”, indica la ley.
Cabe destacar, que la Argentina se diferencia de la región no solo por la inexperiencia en la materia y la adopción del carácter obligatorio, sino además porque aquí la organización del debate se puso en manos del Estado representado por la Cámara Electoral.
En casi todos los países mencionados la organización depende de medios de comunicación privados y públicos en asociación (en la mayoría de los casos) o de organizaciones civiles.

