Cristina Kirchner tendrá que seguir usando tobillera electrónica y se mantendrá la restricción de visitas
La Cámara de Casación rechazó los pedidos de la defensa para revocar la prisión domiciliaria de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. También se le exigió seguir con el “dispositivo” electrónico.
La Cámara de Casación dispuso hoy que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner deberá seguir usando tobillera electrónica en su prisión domiciliaria y que, además, tendrá que solicitar permiso para recibir en el domicilio de San José 1111 las visitas que no estén en el listado que fuera entregado al juzgado.
En la resolución, Casación rechazó así los recursos que había presentado el abogado Carlos Beraldi, que representa a la ex mandataria.
La decisión de que continúe la vigilancia electrónica fue porque “hasta el momento no se ha incorporado elemento probatorio alguno que acredite la existencia de un impedimento material, técnico o médico que torne inviable o desaconsejable la utilización del dispositivo”.
Desde la Justicia plantearon la exigencia de que las visitas a la exmandataria estén autorizadas previamente, excluyendo a su familia, abogados o médicos que cuentan con un acceso irrestricto al domicilio.
Según los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña esta medida permite un control judicial efectivo como así también le otorga una protección jurídica ante los posibles riesgos procesales.
El fallo se produjo luego de una presentación por parte del Ministerio Público Fiscal, en el que habían solicitado la revocación de la prisión domiciliaria otorgada a Cristina Fernández de Kirchner.
Entre los argumentos disponibles para este fallo destacaron que “la concesión de la prisión domiciliaria incluye, como regla, la colocación de un dispositivo electrónico de control al condenado”.
Sin embargo, detallan que esta norma “podrá excepcionalmente prescindir de su utilización, siempre que existan informes favorables de los órganos de control y del equipo interdisciplinario”.
Por tal motivo, el tribunal avaló por unanimidad que la prisión domiciliaria continúe fijada en el domicilio de San José 1.111 en el barrio de Constitución dejando sin efecto el pedido de que se cambie de domicilio o se cumpla en una prisión del Servicio Penitenciario Federal.

