Dólar colchón: suben los montos para comprar autos y casas con fondos sin declarar
Lo dispuso la Unidad de Información Financiera (UIF). La medida también alcanza a los depósitos bancarios. Todos los detalles, en la nota.
La Unidad de Información Financiera (UIF) oficializó una actualización normativa que modifica umbrales y requisitos aplicables a los sujetos obligados para prevenir el “lavado” de activos, con el fin de estimular el uso de dólares en el circuito formal.
Mediante la Resolución 78/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo elevó los montos a partir de los cuales deben reportarse operaciones de compraventa de autos y casas, además de los depósitos bancarios, al tiempo que simplificó procedimientos documentales para definir perfiles de clientes.
Todas las noticias de Crónica, EN VIVO¿Cuáles son los cambios que dispuso la UIF?
Uno de las modificaciones está relacionada con el aumento del umbral para la inscripción de compraventa de inmuebles que debe ser reportada por los Registros de la Propiedad Inmueble, al pasar de 200 a 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Aplica también para los escribanos públicos, quienes ahora deberán informar transacciones en efectivo por compra de inmuebles cuando superen ese mismo umbral.
En el caso de los Registros de Automotores, se modifica el artículo 16 de la resolución UIF N° 127/2012 y, ahora, los perfiles de clientes se exigirán para operaciones por 115 millones de pesos o más, además de que ya no será necesario presentar una certificación contable, sino sólo se requerirá documentación respaldatoria.
Asimismo, se actualiza el umbral del artículo 26 y se pasa a considerar relevante toda adquisición de vehículos que supere los 50 millones de pesos.
En lo que respecta a las entidades financieras, se duplicó el umbral que activa controles sobre depósitos y operaciones en efectivo, al pasar de 20 a 40 SMVM.
Eso alcanza tanto a la identificación de personas que efectúen depósitos como a los Reportes de Transacciones en Efectivo de Alto Monto (RTE) y los Reportes de Transacciones en Efectivo en Operaciones de Cambio (RTEOC).
Por último, la medida también redefine los requisitos para la confección de perfiles transaccionales, tanto en bancos como en la actividad notarial, al eliminar la necesidad de declaraciones juradas impositivas.

