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El Gobierno modificó el régimen de impuestos para las empresas de apuestas online

El Ejecutivo cambió los requisitos para operar legalmente y actualizó la nómina de empresas extranjeras. De esta forma, se busca ajustar los procedimientos de inscripción, control y percepción del gravamen que rige sobre las plataformas de juego y apuestas digitales, tanto nacionales como extranjeras.

El Gobierno nacional, a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), oficializó este martes una actualización integral del régimen de percepción del impuesto indirecto que grava las apuestas online. De esta forma, se introducen modificaciones claves en la forma en que se identifican los operadores, los plazos administrativos y la aplicación de las alícuotas.

La decisión quedó formalizada esta madrugada mediante la Resolución General 5791/2025, implementa una serie de cambios en los plazos, condiciones y mecanismos de registro y fiscalización, en línea con lo dispuesto por la Ley N° 27.346 y sus normas complementarias.

En el texto oficial, se aplicaron modificaciones para ordenar el sistema y unificar criterios entre los operadores locales y extranjeros. Una de las principales novedades es que la alícuota asignada a cada operador comenzará a regir desde el primer día de la quincena posterior a la emisión del certificado correspondiente. Con este nuevo esquema se busca otorgar un plazo técnico para que plataformas e intermediarios ajusten sus sistemas antes de aplicar la percepción tributaria.

Resolución General 5791/2025 by gabrielalmendras2203

La disposición incluye por primera vez un plazo obligatorio para que ARCA resuelva las solicitudes de inscripción en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas. A partir de ahora, el organismo deberá expedirse dentro de los 60 días corridos posteriores a la validación del ente regulador de la jurisdicción que otorgó la habilitación, o desde la fecha de presentación del trámite si fuera posterior.

Otro punto relevante es la normativa es la obligación de mantener actualizado el listado de plataformas extranjeras alcanzadas por el tributo.

En la nómina se confirmó que estará disponible en el micrositio institucional “Juegos de azar y apuestas” y será revisada de forma periódica, lo que permitirá a usuarios, intermediarios y autoridades fiscales identificar con claridad qué sitios radicados fuera del país están dentro del régimen.

En tanto, se modificaron los criterios sobre antecedentes penales. A partir de ahora, solo se considerarán relevantes las condenas firmes y no cumplidas, lo que evita rechazos preventivos basados en causas en trámite o sin sentencia definitiva. Esto tendrá un impacto directo en quienes buscan inscribirse o renovar su inscripción en el registro nacional.

Asimismo, aclararon que ARCA realizará controles periódicos para verificar que los operadores cumplan con las condiciones requeridas para permanecer en el registro. En la disposición, se especificó que una vez por año se evaluará la evolución del personal declarado, dato clave para determinar si corresponde mantener la alícuota reducida prevista por la ley. Si se detectan cambios en la situación de un contribuyente, estos serán incorporados en la nómina pública tras la notificación formal.

Por último, se confirmó que aquellas solicitudes que fueron presentadas antes de esa fecha deberán resolverse dentro de los 60 días corridos posteriores, y durante ese período se aplicarán las alícuotas vigentes bajo la normativa anterior, hasta que ARCA emita las nuevas.

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