El Gobierno oficializó el pago de propinas a través de medios electrónicos
La medida fue oficializada esta madrugada en el Decreto 731/2024, publicado en el Boletín Oficial. Con esta disposición, se busca beneficiar a los empleadores, empleados y clientes. Los detalles, en la nota.
Este miércoles, el Gobierno autorizó el uso de medios electrónicos para que los clientes puedan abonar propinas en los comercios vinculados a los sectores gastronómicos, hoteleros, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades. Además, indicaron que este abono no será considerado parte del sueldo de los empleados y los sectores tendrán 90 días para adaptar sus sistemas.
La norma fue publicada en la madrugada del miércoles en el Decreto 731/2024, que fue publicado en el Boletín Oficial. Esta medida, que se asemeja a prácticas comunes en muchos países, permitirá que la gratificación por el servicio se sume al total de la cuenta y sea distribuida entre los empleados del comercio.
"Sustitúyese el artículo 113 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, que quedará redactado de la siguiente manera”, señalaron. “ARTÍCULO 113.- Propinas. Cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.
En el primer punto del documento establece un cambio en el artículo 113 de la Ley N° 20.744, e indica que “cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.
Además, los establecimientos de los sectores gastronómico, hotelero, de combustibles y otros que reciben propinas deberán ofrecer la opción de pago electrónico. De este modo, los consumidores podrán elegir cuánto dejar cómo propina y cómo abonarlo, ya sea sumado al ticket o pagado directamente al empleado.
En el documento, se especifica que “las propinas otorgadas por medios físicos y/o digitales serán consideradas como una liberalidad proporcionada directamente a los trabajadores, independientemente de la modalidad de recaudación de los pagos” y que, en consecuencia, “no podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador”.
Por último, la medida permitirá a la Secretaría de Industria y Comercio eximir a ciertos comercios de esta obligación, ajustando la lista según las necesidades del mercado. La disposición también estipula que “los trabajadores podrán distribuir las propinas entre sí, de mutuo acuerdo, sin la intervención del empleador”.

