Ley de Inocencia Fiscal: cómo será el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias
Tras la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal, se conocieron las pautas del nuevo Régimen Simplificado de Ganancias. Sin intervención de ARCA, con elevación de los montos mínimos para considerar evasión y para los reportes de los bancos.
El Gobierno Nacional puso en marcha la Ley de Inocencia Fiscal y definió las claves del nuevo Régimen Simplificado de Ganancias.
A través de la reciente reglamentación, el Poder Ejecutivo busca incentivar la formalización de activos para dinamizar la economía nacional.
Según los fundamentos oficiales, la normativa busca eliminar las sanciones y la "presunción de culpabilidad sobre los contribuyentes", permitiendo que el capital privado se integre al sistema productivo sin las trabas burocráticas previas.
Un pilar clave: El Régimen Simplificado de Ganancias
La estructura central de esta ley se apoya en el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias. Bajo este esquema, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya no requerirá explicaciones sobre el patrimonio preexistente o los gastos personales de los contribuyentes.
Foco en la facturación futura: El control fiscal se desplazará hacia los ingresos venideros, permitiendo la regularización de ahorros previos.
Libertad de uso: Los fondos podrán destinarse a consumo, inversión o financiamiento sin restricciones operativas.
"Blanqueo popular": Desde el Gobierno definen la herramienta como un "blanqueo popular permanente", diseñado para movilizar recursos que se encontraban inactivos por temor a investigaciones retroactivas.
Modificaciones en el Régimen Penal y Prescripción
La reglamentación introduce cambios significativos en materia de delitos tributarios, elevando los montos de punibilidad y reduciendo los tiempos de persecución fiscal:
| Concepto | Nuevo Umbral / Plazo |
| Evasión Simple | $100 millones |
| Evasión Agravada | $1.000 millones |
| Plazo de Prescripción | Reducción de 5 a 3 años |
Asimismo, la evasión deja de ser un delito penal automático. El nuevo marco establece que la situación podrá resolverse mediante el pago de las obligaciones adeudadas una vez recibida la notificación correspondiente.
Menos controles sobre transacciones bancarias
En sintonía con la Ley, se han ampliado los montos mínimos para el reporte de operaciones financieras. Las entidades bancarias ahora deberán informar a ARCA depósitos y transacciones solo cuando superen el umbral mensual de $10 millones (o su equivalente en dólares).
La visión oficial
Desde el entorno gubernamental, la justificación de la medida es clara respecto al cambio de paradigma en la relación Estado-contribuyente: "Todos eran delincuentes, menos los verdaderos criminales. A vos te perseguían por cuidar lo tuyo. La Ley de Inocencia Fiscal le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie".
Con esta medida, la expectativa oficial es generar una inyección significativa de liquidez que facilite la expansión de pymes, emprendimientos y la actividad económica general.
Los puntos centrales de la medida
- Bancarización: Se debe ingresar el dinero al sistema financiero salvo las compraventas de inmuebles que contiuarán pudiendo ser efectuadas en efectivo.
- Antecedente favorable en Lavado: La constancia de ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias implica un antecedente favorable respecto del tema Lavado de Activos y UIF.
- Depósitos: Se deja expresamente aclarado que ARCA no va a mirar el incremento patrimonial, incluyendo los depósitos.
- Ingresos y Patrimonios totales: Respecto del concepto de "ingresos totales" y "patrimonio total" como requisitos para ingresar al régimen de ganancias simplificadas junto con el de no ser "Gran Contribuyente", se prevé que:
Ingresos totales: comprenden este concepto, los beneficios y/o las entradas de fondos propios salvo que constituyan reembolsos de capital.
b)Patrimonio total: la verificación será independiente de la condición o no de contribuyente del impuesto sobre bienes personales asi como la adhesión o no al REIBP.
- Rectificativa inhibe a ARCA: La rectificativa espontánea antes de la notificación de la orden de intervención por parte de ARCA, hace que esa diferencia no pueda configurarse como una discrepancia significativa y por lo tanto, ARCA no pueda impugnar.
- Multas: ARCA establecerá por normativa propia el envío de un Recordatorio por Falta de Presentación de declaración jurada para todos los sujetos obligados, excepto los grandes contribuyentes. También se aclara que "no se considera, a estos efectos, la variación patrimonial del período base o posterior cuando provenga de ingresos originados en períodos fiscales anteriores, incluyendo depósitos bancarios, bienes registrables u otros bienes".
Asimismo dispondrá que, quien presente la declaración jurada omitida al vencimiento del plazo otorgado a tal efecto, entre los primeros 20 días hasta 45 o 90 días transcurridos desde el vencimiento, según corresponda a la segmentación del contribuyente, excepto los grandes contribuyentes, y abone la multa correspondiente, la misma se reducirá en un 50%.

