Gastos, recursos y licitaciones en la administración pública: El gobierno modifica competencias
Con el 427/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo modifica el reglamento del Régimen de Contrataciones en el Estado, vigente desde 2016, y redefine procesos de compra y gestión.
Con Decreto 427/2026, publicado en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei introdujo cambios en el régimen de contrataciones de la administración pública. El objetivo fijado en el texto oficial es "mejorar la gestión de los recursos estatales".
Se trata de la modificación del esquema de autorizaciones de gastos y fija nuevas escalas de competencias según cargo para la aprobación de licitaciones, concursos, subastas, adjudicaciones y ejecución de presupuesto del Estado Nacional.
Desde 2016 está vigente el reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. El decreto redefine qué funcionarios podrán intervenir en las distintas etapas de los procesos de compra del Estado.
La diferencia se hace teniendo en cuenta el monto involucrado. A partir de 50.000 módulos será competencia de los secretarios de la Presidencia, de la Jefatura de Gabinete y de los ministerios. Desde ahora facultados para intervenir.
En tanto, los subsecretarios podrán autorizar convocatorias, aprobar pliegos y declarar desiertos procedimientos de licitación o concurso de hasta 50.000 módulos.
Por encima entonces el proceso deberá contar con la intervención de ministros, autoridades con rango ministerial, máximas autoridades de organismos descentralizados o del Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de su jurisdicción.
Decreto cambia régimen de contrataciones en el Estado
El Poder Ejecutivo Nacional fundamentó la decisión en que apunta a "agilizar, simplificar y dotar de mayor operatividad la gestión de los procedimientos de selección", al tiempo que busca favorecer una utilización más eficiente de los recursos públicos.
Para la última firma, es decir, la aprobación final de los procedimientos y las adjudicaciones, el esquema también redistribuye facultades entre directores, subsecretarios, secretarios y ministros de acuerdo con la magnitud económica de cada contratación.
Concretamente la normativa altera el régimen de autorización de gastos previsto por la Ley de Administración Financiera, actualizando la escala de competencias para ordenar erogaciones dentro del sector público nacional.
Según el texto oficial, la modificación también busca armonizar el régimen de competencias con la estructura funcional vigente de las distintas jurisdicciones del Estado nacional, incorporando a autoridades.
El aspecto técnico de la medida estuvo, según consta en el decreto, a cargo de la Oficina Nacional de Contrataciones, la Contaduría General de la Nación, la Tesorería General de la Nación y la Oficina Nacional de Presupuesto, organismos dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Economía.
Como todos los decretos, la decisión sobre el manejo de la administración pública nacional entrará en vigencia a los cinco días hábiles contados desde el día hábil siguiente a su publicación y será aplicable a todos los procedimientos de contratación. Incluye a los que hubieran sido autorizados previamente.

