FALLO

La Corte Suprema definió que las causas por aportes de empleados del Estado no son competencia del fuero laboral

El máximo tribunal resolvió que la causa iniciada por UPCN contra el Ministerio de Relaciones Exteriores debe tramitar ante el fuero contencioso administrativo federal, por involucrar relaciones de derecho público.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la causa iniciada por la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto por cobro de aportes y contribuciones no corresponde al fuero laboral, sino a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

El fallo hizo lugar al planteo del Estado Nacional, revocó la sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y ordenó la remisión del expediente al fuero federal. El máximo tribunal entendió que, al estar en juego relaciones de derecho público, la competencia del fuero laboral queda desplazada.

En términos simples: UPCN quería que el caso lo resolviera un juez del trabajo, pero la Corte determinó que, cuando el empleador es el Estado, ese tipo de disputas deben ir a otro tribunal especializado en causas con el sector público. El gremio deberá entonces continuar el litigio ante un juzgado federal, con reglas procesales distintas a las del fuero laboral.

La Corte aplicó su propia doctrina anterior

En su resolución, el tribunal señaló que la cuestión planteada es "sustancialmente análoga" a la debatida en el precedente "UPCN-5-" (Fallos: 344:3613), por lo que remitió a los fundamentos de ese fallo. Se trata de una línea jurisprudencial consolidada que la Corte viene aplicando en causas similares que involucran al Estado Nacional como empleador.

El fallo fue firmado digitalmente por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Las costas fueron distribuidas en el orden causado, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida.

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