La Justicia postergó la indagatoria a Pablo Toviggino: cuándo deberá presentarse
Fue tras un pedido de su defensa. También solicitó declarar por videoconferencia pero el juez Diego Amarante lo rechazó.
La Justicia postergó la declaración indagatoria del tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, en la causa por la retención indebida de aportes, que estaba prevista para el viernes 6 de marzo.
El juez en lo Penal Económico Diego Amarante aceptó un pedido del abogado del dirigente, Marcelo Rochetti, que asumió este miércoles y pidió retrasar la fecha para poder estudiar la causa que surgió de una denuncia de ARCA por presunto desmanejo de los fondos de la AFA. Por este motivo, la indagatoria pasó al miércoles 11 de marzo.
El abogado de Toviggino solicitó, además, que la audiencia sea por videoconferencia pero el planteo fue rechazado por Amarante porque las indagatorias son presenciales y solo ante cuestiones excepcionales se pueden hacer por vía virtual.
Además de Toviggino, el magistrado citó a declarar al titular de la AFA, Claudio "Chiqui" Tapia, el director general de la entidad, Gustavo Lorenzo, y el actual y el ex secretario general, Cristian Malaspina y Víctor Blanco, respectivamente.
Cuándo deberán declarar Tapia y los otros dirigentes citados a indagatoria
Las indagatorias comenzarán el jueves de la semana que viene. Ese día se tiene que presentar Tapia, el viernes 6 será el turno de Lorenzo, el lunes 9 de marzo Blanco y Malaspina deberán asistir a Tribunales y el miércoles 11 tendrá que concurrir Toviggino tras la postergación.
El juez Amarante dispuso que los días de las indagatorias haya un operativo especial en la puerta y en el piso de su juzgado para que ninguno de los acusados sea perturbado.
Tapia y Toviggino son investigados por presunta retención indebida de aportes.
Los dirigentes de la AFA fueron citados por la presunta retención indebida de impuestos y aportes previsionales por más de 19 mil millones de pesos.
ARCA acusa a la entidad de haber actuado como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social, sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.
Los períodos abarcados van desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con retenciones en IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones a la seguridad social. El organismo explicó que estas maniobras configuran "el delito de omisión, ya que el deber jurídico de actuar surge directamente de la calidad de agente de retención, y la conducta típica se materializa en la falta de depósito del dinero retenido en tiempo oportuno".

