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Mariano Cúneo Libarona adelantó que el Gobierno propondrá "la imprescriptibilidad de los delitos sexuales"

El funcionario consideró que los delitos sexuales no deberían prescribir, tras el fallo de la Corte Suprema que sobreseyó a un ex cura condenado a 25 años de prisión por delitos sexuales contra menores.

El ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, adelantó que el Gobierno propondrá un proyecto de ley para que los delitos sexuales no prescriban, a raíz de un reciente fallo de la Corte Suprema que sobreseyó a un sacerdote condenado a 25 años por abusos sexuales.

"Los delitos sexuales NO deberían prescribir", publicó el funcionario en su cuenta personal de X, con la idea de sumar una iniciativa a la carpeta de proyectos para el impulso de la reforma del Código Penal.

El mensaje de Cúneo Libarona en X.
El mensaje de Cúneo Libarona en X.

"Para evitar este tipo de injusticias, en el nuevo Código Penal que enviaremos al Congreso, propondremos la imprescriptibilidad de los delitos sexuales", cerró.

La publicación surgió luego de conocerse el fallo de la Corte Suprema de Justicia a favor de Justo José Ilarraz, un ex sacerdote condenado por abusos sexuales contra menores entre los años 1985 y 1993.

 

El caso del ex sacerdote sobreseído por la Corte Suprema

 

Ilarraz se desempeñaba como Prefecto de Disciplina en el Seminario Arquidiocesano “Nuestra Señora del Cenáculo” de la ciudad entrerriana de Paraná. Allí cometió delitos de promoción a la corrupción de menores agravada y abuso deshonesto agravado, con siete menores de entre 12 y 15 años como víctimas.

El ex sacerdote Justo José Ilarraz.
El ex sacerdote Justo José Ilarraz.

Incluso en el año 1997 se difundió una carta en la que el propio Ilarraz admitió ante el Vaticano haber tenido "relaciones amorosas y abusivas con seminaristas menores".

Según testimonios de las víctimas, se llevaron adelante actos de manipulación y violencia sexual. Tal es así que en 2018, Ilarraz fue condenado a 25 años de prisión luego de llevarse adelante un juicio en su contra tras haber recopilado múltiples pruebas.

Sin embargo, el máximo tribunal sobreseyó su condena en base al artículo 62 del Código Penal vigente en que se se llevaron adelante los hechos, el plazo de 12 años para la persecución penal había expirado en 2005, antes de que las denuncias penales se formalizaran recién en 2012.

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