Pensiones por invalidez: qué cambia el proyecto oficial de reforma y por qué el Gobierno apunta a la norma vigente
Desde el Ejecutivo sostienen que la Ley 27.793 generó criterios confusos, controles débiles y un financiamiento sin definir que habilitaron irregularidades. El nuevo esquema propone auditorías cruzadas, reempadronamiento obligatorio y gestión federal para reemplazar el régimen de emergencia por un sistema permanente.
El Gobierno nacional presentó un proyecto de ley para reformar el sistema de pensiones por invalidez. Desde el Ejecutivo sostienen que la iniciativa no es una modificación puntual, sino una respuesta a los problemas estructurales que, según su diagnóstico, introdujo la Ley 27.793 y que habrían facilitado las irregularidades detectadas en el sistema.
El problema de origen: criterios que se superponían
Uno de los cambios más relevantes que propone el proyecto tiene que ver con la definición de a quién le corresponde una pensión por invalidez. Desde el Gobierno señalan que la Ley 27.793 incorporó dos criterios distintos -el de invalidez laboral y el de discapacidad- cuya superposición generó confusión, ya que la sola condición de discapacidad no implica necesariamente una limitación para el empleo ni la necesidad de asistencia estatal.
El Ejecutivo argumenta que esa dualidad desdibujó el objetivo original del beneficio. El proyecto elimina esa distinción y vuelve a un único criterio verificable: imposibilidad de trabajar combinada con vulnerabilidad económica comprobable.
Controles que antes no existían
Otro eje que el oficialismo resalta es la incorporación de un sistema estructurado de verificación continua, del que -según destacan desde el Ministerio de Salud- carecía la legislación anterior. El proyecto prevé auditorías periódicas a prestadores, cruces de datos entre ANSES, ARCA y el SINTyS, reempadronamiento obligatorio de beneficiarios y suspensiones preventivas sujetas a revisión.
Desde el Ejecutivo consideran que estas herramientas permitirán detectar irregularidades de forma sistemática, algo que con el esquema vigente dependía de controles fragmentados y sin continuidad.
Financiamiento definido y aranceles con piso garantizado
El proyecto también busca resolver lo que el Gobierno identifica como una de las zonas más grises de la ley vigente: el financiamiento. El Ejecutivo señala que la Ley 27.793 no establecía con claridad cómo se sostenía el sistema ni cuál era su impacto fiscal. La nueva iniciativa define las partidas presupuestarias y establece que el financiamiento estará a cargo del Ministerio de Salud, con posibilidad de recurrir al Tesoro en casos excepcionales.
En materia de aranceles, desde el oficialismo destacan un cambio de enfoque: en lugar de fijar valores, el nomenclador pasará a garantizar un piso mínimo prestacional común. Los valores concretos serán acordados entre financiadores y prestadores tomando como referencia costos operativos, complejidad de la prestación y región geográfica. Cuando el obligado sea el Estado Nacional, los aranceles serán determinados en forma trimestral por la SENADIS a propuesta de su Directorio.
Gestión federal y fin del régimen de emergencia
El Ejecutivo también resalta el componente de federalización que la normativa actual no contempla. La reforma habilitaría la gestión provincial a través de convenios y esquemas de financiamiento según competencias, con el objetivo de acercar la administración del sistema a cada territorio.
Desde el Gobierno subrayan que el punto más significativo desde lo institucional es el cambio de naturaleza normativa: la Ley 27.793 nació como una norma de emergencia con reglas excepcionales. El proyecto busca reemplazarla por un sistema permanente, con controles sostenidos en el tiempo y una arquitectura que no dependa de la excepción para funcionar.

