Constitucional

Qué es una moción de censura, el mecanismo con el cual el Congreso puede remover al Jefe de Gabinete

Varios bloques de la oposición en diputados buscarán llevar a Manuel Adorni a una interpelación con el fin de utilizar este recurso. Pero, ¿en que consiste?

Horacio Minotti
Director de Relaciones Institucionales de Grupo Crónica
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No estamos acostumbrados a la moción de censura. De hecho, desde que se incorporó como recurso en la reforma constitucional de 1994, jamás fue usada. Y hemos escuchado hablar poco de ella, porque es un mecanismo propio de la democracias parlamentarias, aquellas donde el pueblo elige a sus representantes y son ellos los que dan forma al Poder Ejecutivo, luego.

En dichos países, la moción de censura es un mecanismo de uso regular. Cuando un premier elegido por el Poder Legislativo pierde en apoyo de las mayorías, suele ser sometido a este procedimiento y relevado, haya o no cumplido el período para el que se lo eligió. Se produce claro una conmoción política, pero no una institucional, porque justamente, es un diseño previsto, legal.

En la Argentina también lo es. La moción de censura no es "un golpe", es un recurso amparado y regulado por la Constitución, una facultad del Congreso, un elemento mas del sistema de pesos y contrapesos entre los tres poderes que cuidadosamente, como un mecanismo de relojería, construyó "el constituyente". De modo que no hay que engañarse ni preocuparse, mientras se aplique la Constitución, el Estado de Derecho está a salvo.

Ahora bien, ¿en que consiste este recurso?. En algún punto tiene similitudes con el juicio político, pero con un par de características propias que conviene saber. Una de ellas es que no se requiere motivación. A diferencia del juicio político, no es necesario evaluar un eventual "mal desempeño" o la comisión de delitos, simplemente basta con obtener las mayorías en ambas Cámaras.

Y aquí otra y la mayor de las diferencias con el otro instituto: las mayorías requeridas para la distitución, sea del Jefe de Gabinete o de cualquiera de los "ministros secretarios", como los llama la Ley Fundamental. En el caso del juicio político la mayoría requerida es agravadísima: el funcionario acusado, para ser despojado de su cargo debe tener en su contra los dos tercios de los miembros presentes en la sesión de juzgamiento.

El requisito es menos exigente para la moción de censura: basta con la el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En el caso de diputados 129 legisladores, y en el caso del Senado 37. Los mismos necesarios para habilitar el quorum en cada cuerpo.

Para darle un poco de actualidad al tema, los representantes de los bloques que firmaron en diputados la petición para convocar al Jefe de Gabinete a una interpelación con el fin de tratar una moción de censura, si todos sus bloques estuviesen presentes y votasen conforme a la petición, sumarían 119 legisladores, es decir, todavía requerirían el acuerdo de 10 representantes mas para alcanzar la mayoría requerida.

En síntesis, la moción de censura es un diseño legal incluido en el cuerpo constitucional en la misma reforma en que se incluyó la creación de la figura del Jefe de Gabinete al que los constitucionalistas también llaman "minipremier", y su existencia esta relacionada con la misma lógica por la cual se creó este último cargo: darle mas poder al Congreso y quitarle peso al rígido presidencialismo argentino.

Hay un dato más. La moción de censura constituye una suerte de cláusula gatillo para evitar crisis institucionales mayores, haciendo que el Jefe de Gabinete funcione como "fusible" del Poder Ejecutivo, para no arriesgar al Presidente de la Nación a crisis institucionales irreversibles. 

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