FINANZAS

AFIP reveló cuánta plata se puede recibir en una BILLETERA VIRTUAL sin tener problemas en agosto 2024

El organismo regulador detalló el monto a partir del cual las transferencias serán analizadas. Conocé qué ocurre si las cifras de las operaciones están en moneda extranjera o criptomonedas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reveló los montos a partir de los cuales las empresas de billeteras virtuales deberán informar este mes al organismo regulador las operaciones realizadas.


La AFIP determinó que los saldos finales mensuales que sean iguales o superiores a $700.000 tendrán que ser reportados, según lo detalló en su sitio web.


Los usuarios pueden tener este mes hasta un poco menos de esa cantidad de dinero en sus billeteras virtuales sin que sus operaciones sean notificadas al organismo regulador.


En caso de que se operen montos en moneda extranjera o criptomonedas, se debe hacer la conversión a su equivalente en la cotización oficial.

 

Más detalles sobre movimientos que se reportarán

Además, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), como se denomina técnicamente a las billeteras virtuales, ante un solo egreso o ingreso que supere el $1.400.000, deberán reportar inmediatamente el tipo de transferencia, si es bancaria o virtual, y la CBU (Clave Bancaria Uniforme) o la Clave Virtual Uniforme (CVU) que se haya utilizado.

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