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El Gobierno definió qué pasará con el viernes 2 de mayo: ¿Es feriado y hay otro fin de semana largo?

El Día del Trabajador, un feriado inamovible, cae jueves este 2025. Debido a que el viernes quedará en el medio del fin de semana, el Gobierno confirmó si se convertirá en uno largo.

Si bien se está transitando un “finde XXL”, debido a la Semana Santa que concluirá con la conmemoración de la Pascua, muchas personas ya desean conocer cuándo será el próximo feriado y si habrá o no otro fin de semana largo.

Debido al 1° de mayo, Día del Trabajador, un feriado inamovible que este año cae jueves, el viernes quedará colgadoconsiderando los descansos del sábado 3 y el domingo 4. Por eso, es fundamental saber qué decidió el Gobierno con respecto a ese día.

¿Es feriado o día no laborable? Poder distinguir los dos conceptos, además, es crucial al momento de confirmar quiénes trabajan y, en caso de continuar con las tareas habituales, saber de qué manera debe pagarse.

¿Hay fin de semana largo por el Día del Trabajador? Conocé qué pasará el viernes 2 de mayo

En el calendario oficial del Gobierno, el viernes 2 de mayo se encuentra catalogado como día no laborable con fines turísticos, según lo estipulado por las normativas vigentes. En cambio, el jueves 1 sí es feriado y no se traslada.

Esta designación implica una diferenciación sustancial con los feriados nacionales, tanto en su obligatoriedad como en el régimen de remuneración aplicable a los trabajadores. No obstante, un montón de sectores no deben trabajar en estos casos y, por supuesto, si habrá “finde” largo para ellos.

Fin de semana largo por el Día del Trabajador: conocé los detalles.
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¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?

Feriado

Constituye una jornada de celebración cívica o religiosa de carácter obligatorio, decretada por ley. En estos días, se suspenden las actividades laborales y educativas, y en caso de prestación de servicios por requerimiento del empleador, el trabajador tiene derecho a percibir una remuneración doble.

Día no laborable

Su establecimiento responde a criterios discrecionales por parte de los empleadores. No implica la suspensión automática de las actividades laborales ni la obligación de abonar una remuneración adicional. La decisión de otorgar o no la jornada libre recae en la autoridad empleadora, y la remuneración se efectúa de manera habitual.

El día no laborable es obligatorio para el sector público, mientras que, para el sector privado, la decisión de conceder o no la jornada libre a los trabajadores queda a criterio de los empleadores.

¿Feriado o día no laborable? Enterate las diferencias entre ambos conceptos.
¿Feriado o día no laborable? Enterate las diferencias entre ambos conceptos.
Feriados y días no laborables de 2025: ¿Cuáles quedan en lo que resta del año?

Mayo

  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible).
  • Viernes 2 de mayo: día no laborable puente.
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

Junio

  • Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17 de junio).
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).

Julio

  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible).

Agosto

  • Viernes 15 de agosto: día no laborable puente.
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).

Octubre

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).

Noviembre

  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre).

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
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