Empleadas domésticas: ¿Cómo se paga el feriado extra del 3 de abril y cuánto van a cobrar?
En caso de trabajar el 3 de abril, las empleadas domésticas deberán cobrar un monto diferente, de acuerdo a la modalidad y a la categoría. Conocé de qué manera se abona y todos los valores vigentes.
El jueves 3 de abril se celebra el Día del Personal de Casas Particulares, por lo que todo el sector tendrá un feriado adicional. En caso de trabajarlo, es clave que las empleadas domésticas conozcan de qué manera se paga y todas las especificaciones.
El pago de este día se rige por la Ley 26.844, que regula el trabajo doméstico en el país. El cálculo del monto extra varía según la categoría y si se trabaja por hora o por mes. Más información al respecto, en este enlace.
El descanso mencionado se suma al feriado del miércoles 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Por eso, en caso de que no presten sus servicios, las trabajadoras podrán tener dos jornadas libres seguidas.
Feriado del 3 de abril para las empleadas domésticas: ¿Cómo se paga el día si se trabaja?En el caso de que las empleadas trabajen el 3 de abril, el día se debe abonar doble, lo que significa que se paga un 100% adicional sobre el salario normal. Si no prestan servicios, deben recibir su salario habitual, sin ninguna modificación.
Precisamente, si se trabaja por hora, el pago adicional corresponde al doble de lo que se gana por cada hora. Si el sueldo es mensual, se divide por 25 y se multiplica por dos. Según lo que corresponda, las personas deben estar atentas a la correcta acreditación.
En abril de 2025, los salarios de las empleadas domésticas se mantendrán sin cambios respecto a la última actualización salarial. Sin embargo, se recuerda que los montos varían según la categoría y si trabaja con o sin retiro.
En cuanto a las categorías, estas se dividen en: Supervisor y Supervisora, Personal para tareas específicas, Caseros y caseras, Asistencia y cuidado de personas, y Personal para tareas generales.
Además, existen dos adicionales. El primero es por antigüedad, el cual es de 1% por año en los salarios mensuales del trabajador, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate.
El segundo es por zona desfavorable, equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías. Alcanza a La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Carmen de Patagones.
Supervisores
- Hora sin retiro: $3.714,74.
- Mensual sin retiro: $477.591,80.
- Hora con retiro: $3.435,68.
- Mensual con retiro: $428.761,46.
Personal para tareas específicas
- Hora sin retiro: $3.521,49.
- Mensual sin retiro: $443.424,27.
- Hora con retiro: $3.252,97.
- Mensual con retiro: $398.343,91.
Caseros
- Hora sin retiro: $3.072,42.
- Mensual sin retiro: $388.647,91.
Asistencia y cuidado de personas
- Hora sin retiro: $3.435,67.
- Mensual sin retiro: $433.107,44.
- Hora con retiro: $3.072,42.
- Mensual con retiro: $388.647,91.
Personal para tareas generales
- Hora sin retiro: $3.072,42.
- Mensual sin retiro: $388.648,10.
- Hora con retiro: $2.849,50.
- Mensual con retiro: $349.507,04.

