Pensiones de ANSES: una por una, cuáles están disponibles y cómo pedirlas
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece cobrar una pensión a las personas que cumplan con determinados requisitos. Verificá cuáles son las vigentes y si te corresponde alguna.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene a disposición diversas pensiones que las personas pueden pedir, siempre y cuando cumplan con determinados requisitos para su aprobación. Por eso, conocé cuáles están disponibles y cómo solicitarlas.
En su sitio web oficial, la ANSES ofrece seis pensiones, destinadas a acompañar a los beneficiarios que más lo necesitan. Los interesados pueden tramitar la que se adecúe a su situación, por lo que es fundamental saber los detalles de cada una.
Ante cualquier consulta o trámite que se precise llevar a cabo, se puede ingresar a “Mi ANSES” con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Más información oficial al respecto en anses.gob.ar.
Novedades sobre las pensiones de la ANSES: conocé cuáles son en Crónica HD1. Pensiones No Contributivas (PNC):
- Por Invalidez Laboral.
- Para Madre de 7 hijos.
- Por Vejez.
- Para personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C (Ley 27.675).
2. Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
3. Pensión para expresos políticos (Ley 26.913).
4. Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
5. Solicitud de pensión ante Compañía de Seguros de Retiro.
6. Pensión para los familiares del personal de salud, fuerzas armadas, de seguridad y otros, fallecidos por COVID-19.
Con el objetivo de encontrar toda la información que se necesita para iniciar el trámite de pensión en la ANSES, se debe ingresar a este enlace. De todas formas, a continuación se indican los pasos a seguir para las más solicitadas:
Pensión No Contributiva por Vejez
Pueden percibirla las personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva. En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrar la pensión la persona viuda o concubina mayor de 70 años, incapacitada, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
El monto de la prestación equivale al 70% de una jubilación mínima, y los requisitos son los siguientes:
- Tener 70 o más años de edad.
- Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
- Las personas extranjeras deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
- No cobrar, ni el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
- En el caso de un matrimonio, la pensión por vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
- La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.
Pensión Universal para el Adulto Mayor
Su fin es garantizar una cobertura previsional a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión. Es equivalente al 80% de una jubilación mínima y se actualiza por la Ley de Movilidad.
Las condiciones para obtenerla se indican a continuación:
- Tener 65 años o más.
- Ser argentino o naturalizado con 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o extranjero con una residencia mínima de 20 años.
- No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo. Si estás cobrando una jubilación o pensión, debés renunciar a la misma para iniciar el trámite de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

