Reforma jubilatoria: los siete puntos sobre los cambios que todos los jubilados de ANSES tienen que conocer
Hay varias cuestiones que los jubilados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tienen que saber para entender las posibles modificaciones en la fórmula jubilatoria vigente.
La Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de ley que modificaría la fórmula de movilidad previsional actual. Por eso, los jubilados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deben estar al tanto de las noticias más recientes al respecto, ya que el anuncio implica un drástico cambio al momento de cobrar sus haberes mensuales.
Hay siete puntos sumamente importantes sobre el proyecto que tiene como objetivo "recomponer" los ingresos de los jubilados y pensionados. Este fue impulsado por la llamada "oposición dialoguista" y tiene el apoyo de Unión por la Patria (UxP): entre otras cosas, implica un pago extra del 8,1% como concepto de la plata perdida en el primer trimestre del año.
El documento señala una suba del 7,2% en los haberes y la posibilidad de que en marzo de 2025 se otorgue un incremento adicional a los reajustes mensuales por inflación (los cuales están vigentes en la actualidad). Podés conocer la información más reciente sobre la movilidad jubilatoria en este enlace, y los datos oficiales están en anses.gob.ar.
Conocé todas las novedades sobre la nueva fórmula de movilidad previsional en el informe de Crónica HDEn caso de aprobarse la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, la modalidad de pago de los haberes cambiaría drásticamente. Entonces, se debe considerar lo siguiente:
1. Haberes mensuales
Los sueldos subirían en porcentajes equivalentes a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), tomando el de dos meses previos. En julio, el aumento equivaldría a la inflación de mayo; en agosto, a la de junio, y así sucesivamente.
2. Aumento anual adicional
Además del reajuste por la inflación, en marzo de cada año se volverían a determinar los haberes de acuerdo a lo que ocurrió en el año previo con la variación de los salarios. Este dato se toma del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y con el IPC. Si el primer indicador supera al segundo, el 50% de la diferencia definiría un incremento extra para las jubilaciones.
3. Incremento compensatorio por la inflación de enero
La idea es que se brinde "a partir de abril de 2024" un "incremento compensatorio adicional y acumulativo al 12,5%" dispuesto por el DNU 274 que impulsó el Gobierno, "a fin de alcanzar el 20,6% de la variación porcentual mensual del IPC elaborado por el INDEC de enero de 2024". Al hacer el cálculo, se puede saber que habría un incremento del 7,2% en los haberes, y no del 8,1%.
La intención de los diputados es que número se convierta en un 20,6%, llevando el aumento correspondiente a abril del 27,4% al 36,5%. Así, el acumulado entre abril y junio sería de 64,9% en lugar de 53,9%. Si se aprueba el retroactivo, el Gobierno debería pagar las diferencias de abril, mayo y junio. Por ejemplo, en el mes corriente, el monto quedaría en $221.800 y no en $206.931, como se encuentra en la actualidad.
4. Ingreso mínimo garantizado según la canasta básica
Quienes cobran una única prestación, es decir, jubilación o pensión, obtendrían un ingreso nunca inferior al valor de la canasta básica total para el adulto equivalente, el cual es determinado por el INDEC para la medición de la pobreza. El último cálculo disponible de esa variable es el de abril, cuando tuvo un valor de $268.012: multiplicado por el coeficiente dispuesto de 1,09, da $292.133.
5. Régimen de transparencia
Se solicita que todos los años, la Secretaría de Seguridad Social elabore "un informe de sustentabilidad económica, financiera y actuarial de los subregímenes previsionales administrados por la Nación". Además, en el plazo de dos años contados desde la vigencia de la eventual ley, la ANSES estaría obligada a generar un informe personalizado con los aportes de cada trabajador, que incluya simulaciones sobre cuáles serían sus haberes en el futuro.
6. Pago de deudas del sistema previsional
Antes se consideró la utilización de los recursos "producidos de los activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS)" que gestiona la ANSES para cancelar deudas del Gobierno nacional con las provincias, derivadas del sistema de transferencias para cubrir déficit de cajas no transferidas. También para anular deudas con los jubilados que tienen sentencias a su favor tras haber iniciado juicios contra el Estado.
Sin embargo, el documento fue modificado para que esos recursos provengan de los impuestos que tienen como asignación específica el pago de prestaciones de la ANSES. Eso implica que no habrá fondos adicionales para las sentencias.
7. El costo fiscal y la advertencia del veto
Se estimó que, para el proyecto, el sistema previsional tendría en total un gasto equivalente al 7,57% del PBI este año. Implica, a la vez, un 0,31% más que el gasto que hubiera significado darle continuidad sin más a la fórmula impulsada y aplicada por la gestión anterior. Por un cambio introducido al proyecto original en la garantía del ingreso mínimo, el efecto fiscal previsto pasaría de 0,43% a 0,45%.
El presidente Javier Milei sostuvo que vetará cualquier ley que rompa el equilibrio fiscal. En sus redes sociales, expresó: "No voy a entregar el equilibrio fiscal de ningún modo. Defenderé la caja a puro veto si es necesario. A puro déficit fiscal empobrecieron al país, por lo que de ningún modo voy a permitir que esto se repita".
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