FALLO JUDICIAL

Un hombre de 76 años pudo adoptar a otro de 61 años luego de varios rechazos de la Justicia

La historia se remonta a cuando Pedro tenía dos años y su madre empezó a convivir con Luis. Luego, cuando el niño tenía 10 años, Ana María y Luis se casaron.

Luego de tres intentos fallidos a lo largo de los años, finalmente la Justicia permitió que un hombre de 61 años fuera adoptado legalmente por otro de 76 años. El hecho, que ocurrió en las últimas horas en Orán, Salta, tiene como protagonistas a Ana López, de 82 años, y a Luis González, de 76, quieren querían que él adoptara al hijo de ella, Pedro Ruiz, de 61.

La historia se remonta a cuando Pedro tenía dos años y su madre empezó a convivir con Luis. Luego, cuando el niño tenía 10 años, Ana María y Luis se casaron. A pesar de que el chico tenía a su padre biológico, quien falleció en 1974, siempre consideró a Luis como su papá.

A lo largo de los años, cuando la familia se dirigía a la Justicia para iniciar el trámite, repetidamente se encontraba con la misma respuesta: el Código Civil no lo permitía. Por eso, siempre lo sintieron como una deuda: hacer coincidir la identidad legal con la real. 

Pero todo cambió con la aprobación del nuevo texto del Código Civil en 2015. Fue así que, casi 60 años después haber trabado una relación de padre e hijo, decidieron volver a preguntar si podían formalizar su vínculo.

Para su sorpresa, la respuesta fue que sí. Y el viernes recibieron la notificación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Orán que indicaba que Pedro ya era hijo oficial de Luis. Ana María Carriquiry fue la jueza que autorizó la adopción. 

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Ahora, Pedro tiene finalmente el apellido del hombre que lo crió. El fallo fue dado a conocer por la Justicia salteña modificando los nombres reales de los protagonistas para resguardar su privacidad.

Cuando llegó el pedido, a través de un representante de la Defensoría de Pobres y Ausentes, la consulta sorprendió a los abogados y a los jueces, quienes debieron ponerse a revisar la jurisprudencia y la legislación para este caso tan atípico. Hasta donde chequearon, no había otro caso de adopción en la tercera edad.

Sin embargo, concluyeron que según lo que establece el Código Civil y Comercial actual, las adopciones de personas mayores de edad son posibles sólo si existen pruebas de que el vínculo se trabó durante la infancia de quien va a ser adoptado.

 

"Tuvimos que revisar la legislación y sondear las convenciones internacionales de los derechos del adulto mayor, a las que adhiere la Argentina. Comprobamos que acá había un derecho a la identidad y a la autodeterminación y autonomía del adulto mayor que debía ser respetado. Realmente era el deseo de esa familia, porque ya era una familia, que sus documentos coincidieran con su identidad real. Y así se hizo", explicó la jueza.

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