ARCA y límite de transferencias: estos son los montos que vigila
El organismo recaudador actualizó los valores a partir de los cuales las operaciones digitales y bancarias pueden ser investigadas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las operaciones bancarias y digitales pueden quedar bajo observación.
En un escenario inflacionario y de creciente utilización de billeteras virtuales, el organismo recaudador busca reforzar la vigilancia sobre los flujos de dinero sin afectar el uso habitual de esas herramientas digitales.
Todas las noticias de Crónica, EN VIVO
Los bancos y las aplicaciones financieras deben informar periódicamente las operaciones de sus clientes cuando superen determinados valores.
Estos límites se actualizan siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Para octubre, ARCA fijó nuevos montos a partir de los cuales las operaciones deben ser reportadas por las entidades financieras y billeteras digitales.
El organismo recaudador dispuso que deben informarse los movimientos que superen los siguientes valores:
- En transferencias y acreditaciones, para personas físicas (particulares), $50.000.000; y, para personas jurídicas (empresas), $30.000.000.
- En extracciones en efectivo, $10.000.000 tanto para personas físicas como para empresas.
- Saldos bancarios mensuales: $50.000.000 para particulares y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Plazos fijos: $100.000.000 para particulares y $ 30.000.000 para empresas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 por persona.
- Compras como consumidor final: $10.000.000.
- Pagos de cualquier tipo: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
¿Qué ocurre si se superan esos límites establecidos por ARCA?
Si se superan los límites establecidos por ARCA, el organismo recaudador puede solicitar la siguiente documentación:
- Recibos de sueldo.
- Constancia del monotributo.
- Facturas emitidas en los últimos meses.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas
Si con la documentación suministrada se detectan inconsistencias, ARCA puede ordenar el bloqueo o cierre de la cuenta bancaria o billetera virtual, además de aplicar multas.
Y, si lo considera necesario, derivar la tarea a la Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de analizar eventuales maniobras irregulares.

