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Reforma laboral: los cambios centrales y cómo impactan en el trabajo

El proyecto, que el Senado convertirá en ley este viernes, modificará vacaciones e indemnizaciones, entre otros puntos.

El Senado convertirá en ley el próximo viernes el proyecto de reforma laboral, que tendrá un fuerte impacto en las relaciones del trabajo. Se debe a que contempla profundos cambios en el sistema de despidos, vacaciones, negociaciones colectivas de trabajo y derecho de huelga en servicios esenciales.

La sanción del proyecto que reforma leyes sindicales y laborales se efectuará el próximo viernes, 2 días antes de que el presidente Javier Milei inaugure las sesiones ordinarias del Congreso. Esta ley impactará de lleno en las relaciones laborales, ya que introducirá cambios en diversos puntos.

  • Vacaciones. Deberán ser acordadas entre el empresario y el trabajador entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pero se permite que las partes pacten disfrutarlas fuera de esa fecha. Podrán fraccionarse en plazos de un mínimo de 7 días consecutivos.

  • Banco de horas. Las empresas no tendrán obligación de pagar horas extras, siempre que haya acuerdo entre empleado y empleador, ya que habrá un sistema de compensación. Si un empleado trabaja 12 horas en lugar de 8, se le podrán dar 4 horas a compensar. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso) y esa extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario.

  • Indemnizaciones. Serán más económicas para las empresas, pero con mayor certidumbre, ya que no se computará el aguinaldo, vacaciones o premios, y sólo se hará en base al salario básico. Se tomará como base el sueldo promedio de la actividad. Las indemnizaciones podrán pagarse en 12 cuotas en las empresas grandes y 18 en las pymes.

  • Sentencias judiciales. Se pagarán en hasta 6 cuotas (12 cuotas en Pymes) mensuales consecutivas, ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y una tasa de interés del 3% anual. La determinación de los montos dependerá de la interpretación de un juez.

  • Fondo de Asistencia Laboral. El sistema estará destinado a cubrir los costos de desvinculación. Se financiará con una contribución mensual obligatoria a cargo de los empleadores: las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones, mientras que para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el aporte será del 2,5%. Con aval de la Comisión Bicameral, el gobierno tendrá la facultad de incrementar estos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.

  • Sindicatos. Se mantendrá el aporte que le descuentan a los trabajadores para el sindicato con un tope del 2%, y el empleador se mantendrá como agente de retención como exigía la CGT. Las asambleas requerirán el aval de los empleadores y los dirigentes gremiales sólo tendrán 10 días al mes para desarrollar sus tareas en horario de trabajo.

  • Ultraactividad. Los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo. Solo quedarán vigentes las normas referidas a las condiciones de trabajo.

  • Derecho de huelga. Se restringe este derecho, al declararse determinadas actividades como "servicios esenciales" (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%) y "servicios trascendentales" (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 50%).

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