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El Gobierno de Javier Milei modificó el régimen de empleadas domésticas: ¿Cuáles son los principales cambios?

El Poder Ejecutivo anunció la actualización del registro de personal de casas particulares e indicó que se amplían las formas de pago de aportes y contribuciones.

El Gobierno de Javier Milei, mediante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableció este lunes nuevas medidas para la gestión y amplía las modalidades de pago de aportes a la seguridad social del personal de casas particulares.

La medida, que fue confirmada esta madrugada mediante la Resolución General 5723/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, implementa una serie de cambios en los procedimientos de registro y también aumenta las modalidades de pago para empleadores y trabajadores del sector.

     

 

La disposición modifica y actualiza normativas previas con el objetivo de mejorar la administración de la información y facilitar el cumplimiento de las obligaciones previsionales. Además, dispone la incorporación de la actualización de oficio del Registro Especial del Personal de Casas Particulares

Según el texto, cuando ARCA detecte datos desactualizados o incorrectos en el registro, podrá corregirlos de manera automática. Esta actualización será notificada al empleador a través del Domicilio Fiscal Electrónico o por otros medios. 

En la resolución, se confirmó la derogación de los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución General 5.409, lo que implica la eliminación de ciertas disposiciones previas sobre modalidades de pago y gestión de información. De este modo, se busca optimizar la gestión de la información y facilitar el cumplimiento de las obligaciones previsionales para empleadores y trabajadores del sector de casas particulares en todo el país.

Las modificaciones y actualizaciones realizadas de oficio por este Organismo serán puestas en conocimiento del empleador mediante una comunicación en el Domicilio Fiscal Electrónico [...] o por cualquier otro medio que se estime pertinente”, destaca el documento.

Por su parte, la medida amplía las formas habilitadas para cancelar las obligaciones de la seguridad social. A partir de esta decisión, los empleadores podrán optar por depósito en sucursal bancaria, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito (incluyendo débito automático), débito en cuenta a través de cajeros automáticos, débito directo en cuenta bancaria, plataformas de pago electrónico o digitales, “homebanking”, billeteras virtuales, código QR y cualquier otro medio electrónico admitido por el Banco Central e implementado por ARCA.

La normativa establece las modificaciones de datos en el registro, realizadas hasta el último día de cada mes, tendrán efecto para las obligaciones cuyo vencimiento ocurra en el mes siguiente, salvo que el pago se realice mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, billeteras virtuales, tarjeta de crédito o código QR, en cuyo caso el cambio se reflejará de inmediato. En esa línea, se aclara que no se admitirán pagos parciales y que los comprobantes de pago serán emitidos tanto para el empleador como para el trabajador.

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