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Desde hoy, la UIF no podrá ser querellante ni promover causas de lavado

La decisión fue tomada por el Ejecutivo en el Decreto 274/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional dispuso en las útimas horas que la Unidad de Información Financiera (UIF) ya no podrá promover ni ser querellante en causas de lavado de activos. La decisión fue tomada por el Ejecutivo en el Decreto 274/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial.

"Querellar podría afectar su autonomía e independencia operativa”, dice el planteo y asegura ser una recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), “que indicó que nuestro país debe reconsiderar la intervención de la UIF como parte querellante”.

El decreto firmado por Javier Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, dice que quien debe querellar en causas de ese tenor es el Ministerio Público Fiscal, por lo que ahora la UIF solo podrá “recibir, solicitar y archivar información” en el marco de investigaciones sobre lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Además se le permite “dirigir actividades y operaciones” sobre investigaciones relativas a esos temas, así como también interactuar con organismos de inteligencia que puedan aportar datos.

Para ello podrá solicitarle al Poder Judicial “el allanamiento de lugares públicos o privados, la requisa personal y el secuestro de documentación o elementos útiles para la investigación” que desarrolle, así como también arbitrar “todos los medios legales necesarios para la obtención de información” que necesite. Así, todo lo que recolecte deberá ponerlo “a disposición del Ministerio Público Fiscal para el ejercicio de las acciones pertinentes”.

“Cuando la UIF haya agotado su análisis, en el marco de su competencia, y surgieren elementos de convicción suficientes para establecer la existencia de un hecho, operación u operatoria sospechosa de lavado de activos, de financiación del terrorismo o de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, ello será comunicado al Ministerio Público Fiscal a fin de establecer si corresponde ejercer la acción penal”, establece el decreto.  Cabe destacar que el cambio en la legislación que le pone límites a la UIF fue posible por los atributos que el Congreso le dio al Poder Ejecutivo a través de la Ley Bases.

 

De esta manera, la disposición de que la UIF ya no podrá ser querellante en las causas que investiga se da en el singular momento en que la Justicia y el Congreso investigan la presunta participación del presidente Milei y algunos de sus funcionarios en la estafa con la criptomoneda $Libra.

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