DETALLES

El Gobierno anunció una modificación en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias

El Ejecutivo dispuso un cambio en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias y actualizó el listado de "jurisdicciones no cooperantes" en materia fiscal. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 398/2026 publicado en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional oficializó este jueves una modificación en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias y actualizó el listado de jurisdicciones consideradas "no cooperantes" en materia fiscal. 

La medida quedó establecida esta madrugada mediante el Decreto 398/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La decisión responde a cambios en los estándares internacionales de transparencia e intercambio de información tributaria impulsados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Consejo de Europa.

En el texto oficial, se destaca que la principal novedad es que Argentina resolvió excluir de la lista de jurisdicciones no cooperantes a Filipinas, Madagascar y Trinidad y Tobago, al considerar que esos países ya se encuentran en condiciones de intercambiar información fiscal con las autoridades argentinas.

En esa línea, aclararon que estas jurisdicciones modificaron su estatus dentro de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, un acuerdo internacional que establece mecanismos de cooperación tributaria entre distintos países.

De este modo, el Ejecutivo entendió que ya cumplen con los estándares internacionales de transparencia requeridos por la normativa argentina.

La Ley de Impuesto a las Ganancias considera "jurisdicciones no cooperantes" a aquellos países o territorios que no poseen acuerdos vigentes de intercambio de información tributaria con Argentina o que, aun teniendo convenios firmados, no cumplen de manera efectiva con esos mecanismos de cooperación.

El listado tiene impacto en distintos aspectos tributarios y fiscales, especialmente en operaciones internacionales, controles impositivos y regímenes vinculados a la transparencia financiera.

El decreto, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el vocero presidencial Manuel Adorni y el ministro de Economía, Luis Caputo, reemplazó el artículo 24 de la reglamentación del impuesto y publicó una nueva nómina de jurisdicciones no cooperantes, entre las que continúan países como Cuba, Irán, Bolivia, Nicaragua, Honduras y Myanmar, entre otros territorios y estados.

Por último, la disposición entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial y será aplicable a los períodos fiscales iniciados desde esa fecha inclusive.

Esta nota habla de: