BOLETÍN OFICIAL

El Gobierno de Javier Milei oficializó la reglamentación del RIMI, el régimen destinado a impulsar inversiones productivas de pymes

El Ejecutivo estableció un régimen de incentivos para medianas inversiones en Argentina. De esta forma, se busca promover el desarrollo económico y la creación de empleo a través de beneficios fiscales para micro, pequeñas y medianas empresas.

El Gobierno oficializó este lunes la reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta destinada a promover el crecimiento productivo de las pymes en Argentina. 

La medida, que se formalizó mediante el Decreto 242/2026, publicado en el Boletín Oficial, busca fomentar la producción, el empleo y las exportaciones a través de incentivos para micro, pequeñas y medianas empresas.

En el texto oficial, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni y el ministro de Economía, Luis Caputo, indica que el régimen apunta a incentivar inversiones productivas que Impulsen el desarrollo económico, mejoren la competitividad de los sectores, generen empleo formal e incrementen las exportaciones de bienes y servicios.

En esa línea, señalaron que está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (hasta tramo 2) alcanzadas por el impuesto a las ganancias, así como también a ciertas entidades sin fines de lucro registradas.

El decreto establece que podrán acceder a los beneficios fiscales aquellas inversiones vinculadas a:

  • Bienes de capital nuevos, excluyendo automóviles
  • Equipamiento de informática y telecomunicaciones
  • Obras productivas y gastos de instalación asociados
  • Sistemas agrícolas como riego o mallas antigranizo
  • Bienes semovientes con fines reproductivos
  • Proyectos con avance menor al 30% al momento de la entrada en vigencia

Además, se incluyen inversiones en eficiencia energética, como generación y almacenamiento de energías renovables o mejoras para reducir el consumo en procesos productivos.

En tanto, los beneficios del RIMI se activarán una vez que la inversión esté en funcionamiento. De este modo, se prevé la devolución de créditos fiscales de IVA, con un tope del 50% del cupo anual y se excluyen inversiones de carácter financiero. Asimismo, explicaron que no podrán acceder quienes tengan deudas con el fisco.

Por último, la normativa establece que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con las áreas de Agricultura y Energía, deberá dictar normas complementarias en un plazo de 30 días para la implementación del régimen.

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