Multas, prisión y dos años de veda: las reglas que el Gobierno quiere imponer a quienes negocian con el Estado
El Ejecutivo envió al Congreso un proyecto para regular la actividad de lobbying que crea un registro público obligatorio, establece sanciones severas para las gestiones no declaradas y prohíbe a los funcionarios actuar como gestores durante dos años tras dejar sus cargos.
El Gobierno nacional giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley para regular la actividad de lobbying en Argentina, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros del Interior, Diego Santilli, y de Seguridad, Alejandra Oliva. La iniciativa busca transparentar las negociaciones que empresas e intermediarios realizan ante funcionarios para obtener mejores condiciones en licitaciones, contratos y en la redacción de leyes nacionales, una práctica que hasta ahora opera sin un marco regulatorio específico.
Qué obliga a declarar la nueva ley
El proyecto define como "gestión de intereses" a toda actividad de promoción, representación, intermediación o asesoramiento que tenga por finalidad influir en decisiones públicas. Eso incluye la elaboración de leyes, decretos y políticas; contratos, concesiones, permisos y licencias; y la asignación o modificación de partidas presupuestarias, subsidios y beneficios fiscales.
Para canalizar ese registro, la norma crea el Registro Público de Gestiones e Intereses, en el que deberán inscribirse todas las personas físicas y jurídicas que realicen este tipo de actividades ante el Gobierno o el Congreso. Las empresas tendrán que presentar su estatuto, acreditar que su objeto social es compatible con la gestión de intereses e identificar a sus clientes o beneficiarios. Además, deberán presentar un reporte trimestral de actividades ante la autoridad de aplicación.
Del lado del Estado, quedarán obligados a registrar sus audiencias el presidente y vicepresidente, ministros, secretarios y cualquier funcionario con capacidad decisoria. En el Congreso, la obligación alcanza a diputados, senadores, autoridades administrativas de ambas cámaras y asesores que mantengan contactos de gestión. Cada registro deberá consignar fecha, hora, modalidad del contacto, dependencia involucrada y una síntesis de los asuntos abordados.
Las sanciones y la veda para funcionarios
El régimen sancionatorio es uno de los aspectos más relevantes del proyecto. Los gestores que incurran en infracciones podrán recibir multas desde 500 salarios mínimos hasta la inhabilitación definitiva para ejercer la actividad. Para los casos de representación clandestina de intereses extranjeros, la pena prevista es de prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.
El proyecto también establece una veda de dos años para los funcionarios que quieran actuar como gestores de intereses tras dejar sus cargos, una restricción que apunta a cortar el tránsito directo entre la función pública y la representación privada ante el Estado. Los gestores extranjeros, por su parte, deberán declarar ese carácter tanto al inscribirse en el registro como en cada contacto o reporte que realicen.
Quedan expresamente excluidas del régimen las actividades periodísticas o de difusión general, siempre que no tengan por objeto influir en una decisión pública determinada.

