ARCA lanza un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas: ¿A quiénes alcanza y cómo adherirse?
El organismo recaudador lo hizo a través de la resolución general 5688/25, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Todas precisiones, en la nota.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a regularizar deudas del Impuesto a las Ganancias surgidas de errores en el cómputo o actualización de quebrantos.
La medida fue establecida mediante la resolución general 5688/25, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Todas las noticias de Crónica, EN VIVOCuáles son las condiciones del nuevo plan de facilidades de pago
Para adherirse al nuevo régimen de facilidades de pago, no hay límite en la cantidad de planes que pueden presentarse, pero cada período fiscal sólo puede regularizarse una vez.
Asimismo, no se contemplan reducciones de intereses ni condonación de sanciones, además de que es obligatorio haber rectificado las declaraciones juradas anteriores para corregir los quebrantos mal computados.
Debe haberse presentado la declaración jurada del ejercicio fiscal cerrado entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, computando los quebrantos a valores históricos.
Asimismo, tiene que realizarse un pago a cuenta inicial del 3% de la deuda consolidada, en el marco de un plan de 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
La tasa de financiación es de 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la consolidación.
El monto mínimo tanto para el pago a cuenta como para las cuotas debe ser de $50.000, mientras que los intereses resarcitorios y punitorios calculados por el sistema no pueden ser modificados por el contribuyente.
¿Cómo adherirse el nuevo régimen?Para adherirse, para lo cual hay tiempo hasta el próximo 31 de julio, los contribuyentes interesados deberán entrar al sistema “Mis Facilidades” con clave fiscal, seleccionando la opción “RG 5684-Plan de facilidades de pago Ganancias-Quebrantos”, disponible en el sitio web de ARCA. Para ingresar al portal del organismo recaudador, se puede hacer clic acá.
Al acogerse al nuevo régimen, el solicitante tendrá que renunciar a cualquier reclamo judicial, administrativo o de repetición relacionado con los montos y períodos incluidos en el plan.
Y, en caso de que la deuda se encuentre en discusión administrativa o judicial, deberán cumplirse los requisitos del Capítulo J de la resolución general 5321.

