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Atención trabajadores: los cambios en renuncias y despidos por la implementación de la reforma laboral

La medida fue reglamentada este lunes en el Boletín Oficial. Los empleadores podrán generar los certificados de trabajo de manera electrónica y los empleados accederán a ellos desde la web de ARCA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó los cambios de la Ley de Modernización Laboral y transformó el sistema de emisión de certificados de trabajo tras la finalización de una relación laboral. La medida quedó oficializada mediante la Resolución General 5848/2026.

La normativa modifica el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y habilita la emisión electrónica de los certificados laborales a través del sitio web de ARCA. El objetivo es digitalizar el proceso y centralizar la información en el sistema oficial.

Los empleadores deberán utilizar el servicio "Simplificación Registral" para generar el formulario F.984, denominado "Certificado de Trabajo Artículo 80 - LCT". El trámite podrá realizarse bajo dos modalidades.

La primera opción será digital y no requerirá firma manuscrita ni firma digital adicional, ya que la validación se hará mediante Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior. La segunda modalidad será física, con impresión por duplicado y firma de ambas partes.

Los trabajadores podrán descargar el certificado desde el servicio "Trabajo en Blanco" de la web institucional. También continuará vigente el acceso mediante home banking en las entidades bancarias habilitadas por el organismo.

Además, el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL), que informa los salarios de los últimos seis meses, incorporará un código QR para verificar su autenticidad desde cualquier dispositivo móvil.

El sistema tomará automáticamente la información cargada en las bases de datos de ARCA, como altas y bajas laborales, liquidaciones salariales y declaraciones juradas de aportes y contribuciones.

Sin embargo, para relaciones laborales anteriores a julio de 1994, los empleadores deberán complementar el certificado digital con documentación manual basada en los libros de sueldos y jornales de esa etapa.

Adiós a la Ley de Teletrabajo

En el marco de la Ley de Modernización Laboral, quedó oficialmente derogada la Ley 27.555 de Teletrabajo, la cual había sido aprobada en 2020 durante la pandemia de coronavirus para regular el empleo a distancia.

Con esta medida, quedan sin efecto las obligaciones legales específicas que tenían las empresas, como por ejemplo al derecho a la desconexión digital. Además, se elimina la obligatoriedad de reintegrar costos de conectividad, internet y gastos de equipamiento o mantenimiento de herramientas de trabajo.

Por último, ya no existe el derecho por ley a exigir la vuelta a la presencialidad de forma unilateral.

A partir de ahora, las condiciones del trabajo remoto pasarán a regirse exclusivamente por acuerdos individuales entre el empleado y la empresa, o bajo las disposiciones generales de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Además, la normativa derogó el régimen de trabajo a domicilio y el Fondo de Garantía de Créditos Laborales.

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