POLÉMICA

La abogada de los mozos brasileños fulminó al padre de Agostina Páez: "Su conducta es inaceptable"

La letrada que representa a los mozos brasileños advirtió que el episodio "repercute negativamente en el contexto general del caso", aunque desde lo jurídico no debería traer consecuencias directas para el juicio en Brasil

Tamara Fejolo, abogada de los mozos brasileños que denunciaron a Agostina Páez por injuria racial, calificó el video de Mariano Páez -padre de la acusada- como "inaceptable y altamente reprochable". Afirmó que sus clientes recibieron las imágenes "con profunda indignación" y que el episodio "repercute negativamente en el contexto general del caso".

El video, filmado en un bar de Santiago del Estero, muestra a Mariano Páez replicando el mismo gesto de mono que le costó a su hija dos meses de prisión domiciliaria en Brasil. La provincia ya abrió una investigación de oficio en su contra.

Fejolo fue contundente al descartar las justificaciones del entorno del padre -que estaba borracho o que fue víctima de una extorsión-: "La conducta es inaceptable independientemente de cualquier explicación", remarcó.

¿Cómo puede afectar el video al juicio en Brasil?

Desde lo estrictamente jurídico, la abogada aclaró que el hecho de un tercero no debería generar consecuencias legales directas para Agostina. Sin embargo, insistió en que "el gesto genera un impacto muy negativo para el caso" dado que replica exactamente la conducta por la que la santiagueña de 29 años está siendo juzgada en Río de Janeiro.

Fejolo también descartó que el regreso de Agostina a la Argentina altere el proceso: "Está siendo llevado adelante con mucha competencia y cautela por el juez responsable", sostuvo.

La defensa de Agostina también admite complicaciones

La abogada defensora, Carla Junqueira, reconoció que el video del padre "puede traer complicaciones" porque el caso "está atravesado por las demandas de la sociedad". Aun así, aclaró que al tratarse de un hecho ocurrido en territorio argentino, la Justicia brasileña no estaría obligada a considerarlo en su fallo.

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