Aguinaldo de junio 2026: hasta cuándo hay tiempo para cobrarlo y cómo se calcula
La primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC) ya tiene fecha de pago. Qué trabajadores lo reciben, quiénes quedan excluidos y qué tener en cuenta para calcular el monto a cobrar.
Junio 2026 es un mes clave para millones de trabajadores en relación de dependencia, ya que se paga la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC). Con la llegada del aguinaldo, muchos se preguntan a partir de cuándo se cobra y cuál es la fecha límite para que las empresas lo abonen.
Este "extra" está contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 y representa la mitad del salario mensual más alto que haya percibido el trabajador dentro de cada semestre.
Este pago se realiza en dos momentos del año: el primero toma como referencia las remuneraciones obtenidas entre enero y junio, mientras que el segundo considera los salarios correspondientes al período comprendido entre julio y diciembre.
Además de ser un derecho laboral, el aguinaldo representa un ingreso muy esperado por millones, ya que permite afrontar gastos o realizar compras pendientes en un contexto económico complejo para las familias.
¿Quiénes cobran aguinaldo?
El Sueldo Anual Complementario corresponde a quienes mantienen una relación laboral formal o perciben haberes previsionales. Entre los grupos alcanzados por este derecho se encuentran:
- Trabajadores registrados del sector privado.
- Empleados de la administración pública nacional, provincial y municipal.
- Personal de casas particulares.
- Jubilados y pensionados.
Por el contrario, el aguinaldo no corresponde a los trabajadores autónomos ni a quienes se desempeñan en la informalidad. Los monotributistas tampoco lo cobran de forma obligatoria, salvo que exista un acuerdo particular con el contratante.
Aguinaldo 2026: ¿Cuál es la fecha límite para cobrarlo?
La primera parte del aguinaldo correspondiente a 2026 debe abonarse durante junio. Para los trabajadores en relación de dependencia y empleados del sector público, la fecha prevista por la legislación es el martes 30.
No obstante, la normativa también contempla un margen adicional para el pago de remuneraciones. Por ese motivo, las empresas pueden efectuar el depósito dentro de los cuatro días hábiles posteriores, por lo que el plazo se extiende hasta el 6 de julio.
Según el grupo al que pertenezca cada beneficiario, el esquema de pago puede variar:
- Trabajadores registrados y empleados públicos: deben recibir el aguinaldo antes del vencimiento legal o dentro del plazo adicional previsto por la normativa.
- Jubilados y pensionados: cobran este concepto junto con los haberes mensuales, de acuerdo con el cronograma de pagos establecido por la ANSES. No necesitan realizar ningún trámite extra.
- Personal de casas particulares: reciben el aguinaldo en la última jornada laboral de junio, sin extensión del plazo de pago.
Así, la fecha efectiva de cobro puede diferir según la situación laboral de cada persona.
¿Cómo saber cuánto te corresponde de aguinaldo?
El monto del aguinaldo surge de tomar la mitad de la remuneración bruta más alta percibida durante el semestre. Para el pago de mitad de año, se consideran los salarios cobrados entre enero y junio.
Al momento de hacer la cuenta, es importante tomar el sueldo bruto, es decir, antes de los descuentos. Además, deben incluirse todos los conceptos remunerativos que integran el salario, como horas extras, comisiones u otros adicionales. Los conceptos no remunerativos quedan fuera de la base de cálculo.
La fórmula es sencilla:
- Identificar cuál fue el salario bruto más alto del semestre.
- Dividir ese monto por dos.
Por ejemplo, si el mejor sueldo bruto entre enero y junio fue de $1.000.000, el aguinaldo va a ser de $500.000.
El trabajador, sin embargo, no va a recibir exactamente esa cifra en su cuenta, ya que sobre el SAC se aplican los descuentos correspondientes a jubilación, obra social y PAMI, entre otros aportes que puedan corresponder según cada caso.
En el caso de no haber trabajado los seis meses completos del semestre, igual corresponde el aguinaldo, pero de manera proporcional. Esto puede ocurrir por un ingreso reciente, una renuncia o un despido.
Para calcular el monto, se toma la mitad del mejor sueldo bruto del semestre, se divide por 180 (cantidad promedio de días del semestre) y luego se multiplica por los días trabajados.

