Caso Rubiales: el Consejo Superior de Deportes de España quiere una respuesta del TAD
El beso no consentido de Luis Rubiales a Jenni Hermoso tras que España se consagre campeona del Mundial Femenino 2023 sigue dando que hablar.
El beso no consentido de Luis Rubiales a Jenni Hermoso sigue dando que hablar y esta vez quien entra en acción es el Consejo Superior de Deportes de España, que quiere una respuesta cuanto antes del TAD, sobre la suspensión del dirigente de la RFEF. No ayudó para nada al proceso la aparición de un video en el que las jugadoras cargan a Jenni con esa acción, como si todo se tratara de algo divertido o pactado, algo que después desmintieron todos, especialmente la protagonista que por cierto, salió campeona del Mundial Femenino 2023.
Apenas horas después de la resolución del TAD donde considera como grave y no muy grave la actuación del presidente federativo; ya remitió el escrito al Tribunal Administrativo del Deporte para que sea éste quien adopte de oficio la esta medida cautelar de suspensión temporal de Luis Rubiales. Según el artículo 102 de la nueva Ley del Deporte.
El CSD sigue insistiendo en la gravedad del comportamiento, algo que afecta claramente a la imagen del deporte español y de España. No sólo por la enorme repercusión nacional e internacional que está teniendo, sino también por los efectos que pueda tener en las relaciones con federaciones internacionales. Cabe recordar que España aspira a organizar el Mundial masculino de fútbol de 2030. Decisión que se conocerá en octubre o noviembre del 2024.
Alerta de regreso si el expediente FIFA no sanciona a Luis Rubiales
En su pedido, el Consejo Superior de Deportes además subraya que la suspensión de la FIFA tiene carácter temporal, circunstancia que agravaría los perjuicios citados. Porque, en caso de no hacerse efectiva la suspensión, Luis Rubiales podría volver a la presidencia de la RFEF cuando se cumplan los 90 días de suspensión de FIFA y no estimara finalmente motivo de sanción o inhabilitación.
Lo normal es que sea esta misma semana cuando el TAD se reúna para tratar esta solicitud del CSD. Y donde no está asegurado que los seis miembros del órgano ( todavía queda por nombrar el séptimo) den o respalden la petición del gobierno. Y el argumento en el que se pueden basar para este nuevo “revés” parte que el CSD no es parte del expediente que el TAD acaba de abrir, se trata solo del denunciante y el propio Tribunal ya ha determinado ante esta que es una sanción grave y no muy grave.
Pero existe otro escenario, poco probable en esta ocasión, es que el TAD recurra al llamado “silencio administrativo”. Esto consiste en que los miembros del Tribunal podría no contestar a esta solicitud del CSD y, en caso de pasar un mes, se entendería como aceptada la solicitud. Este es el llamado silencio administrativo.




