Feriado XL de noviembre: cómo quedará el último fin de semana extralargo del año
El mes de noviembre traerá un descanso de cuatro días, del viernes 21 al lunes 24, por el traslado del Día de la Soberanía Nacional y un día no laborable con fines turísticos. Será el último fin de semana largo de 2025.
El penúltimo mes de 2025 llega con un nuevo fin de semana extralargo de cuatro días, ideal para planificar una escapada o aprovechar un merecido descanso. Según lo establece la normativa vigente, el receso se extenderá desde el viernes 21 hasta el lunes 24 de noviembre, conformando el último feriado XL del año.
El motivo se debe a la conmemoración del Día de la Soberanía Nacional, fecha que recuerda la histórica Batalla de la Vuelta de Obligado, librada el 20 de noviembre de 1845. En aquel enfrentamiento, las fuerzas de la Confederación Argentina —bajo el mando de Juan Manuel de Rosas y la conducción del general Lucio Mansilla— resistieron la invasión de una escuadra anglo-francesa que buscaba dominar el comercio por el río Paraná.
Aunque las tropas nacionales se enfrentaban a una superioridad militar abrumadora, la defensa fue considerada una gesta patriótica clave en la afirmación de la soberanía argentina.
Debido a que este feriado es trasladable, y en 2025 cae un jueves, la ley dispone su traslado al lunes 24, para conformar un fin de semana largo. Además, el viernes 21 de noviembre fue designado por el Gobierno como día no laborable con fines turísticos, completando así el descanso de cuatro jornadas consecutivas.
Se trata del tercer y último “puente turístico” del año, luego de los implementados en mayo y agosto, según lo permite el calendario oficial que otorga hasta tres días no laborables anuales con el objetivo de impulsar el turismo interno.
Diferencias entre feriado y día no laborableDe acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744), existen diferencias legales entre ambas figuras.
El feriado nacional (artículo 181) implica descanso obligatorio y, si el trabajador presta tareas, debe cobrar el doble de su salario habitual.
En cambio, el día no laborable (artículo 182) depende de la decisión del empleador. Si la empresa o institución decide trabajar, el empleado percibe su salario simple, sin recargo adicional.
Con este esquema, el feriado XL de noviembre se perfila como una excelente oportunidad para cerrar el año con un descanso prolongado, combinando historia, turismo y reflexión sobre uno de los hitos más emblemáticos de la soberanía nacional.




